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NOM-062-ZOO-1999 Especificaciones técnicas para la producción, cuidado y uso de los animales de laboratorio


Enviado por   •  17 de Enero de 2020  •  Síntesis  •  432 Palabras (2 Páginas)  •  98 Visitas

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NOM-062-ZOO-1999

Especificaciones técnicas para la producción, cuidado y uso de los animales de laboratorio.

La presente norma habla sobre el manejo de los animales en el laboratorio teniendo por objetivo establecer y uniformar las especificaciones técnicas para la producción, cuidado y uso de los animales de laboratorio que deben cumplir las personas físicas o morales relacionadas en todos los campos con este tipo de animales.

En el apartado de las disposiciones generales, hace énfasis en que la persona o empresa que trabaje con los animales para fines experimentales debe primero hacer la comprobación ante la CONASAG y contar con el personal capacitado y adecuado que cumpa con las exigencias de las instalaciones siendo a destacar a dos encargados: un médico veterinario responsable y un responsable administrativo encargado de la dirección del bioterio.

Cuando una instalación se encuentre como parte de una investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, pruebas de laboratorio y enseñanza o mixtos, este debe de contar con un Comité Interno para el Cuidado y Uso de los Animales de Laboratorio de carácter institucional; el cuál debe de contar con un médico veterinario con experiencia comprobable en la medicina y ciencia de los animales de laboratorio, y un investigador de alta jerarquía de la propia institución con experiencia comprobable en el manejo de animales de laboratorio.

Los animales deben de adquirirse conforme a los preceptos jurídicos aplicables, donde la adquisición de los animales sea por una vía legal, estos deben de ir acompañados de su estatus microbiológico y genético, tanto de sus colonias como de los animales individuales; además de contar con un certificado de salud y calidad. Todos los traslados deben de ser planeados para minimizar el tiempo, los posibles riesgos y el estrés del animal; estos deben de ser supervisados por el médico veterinario zootecnista.

Las instalaciones que alojen a los animales para fines investigativos deberán contar con una serie de normas específicas, entre ellas, programas sanitarios para la prevención de enfermedades, y las condiciones de las jaulas y el agua deberán ser de libre acceso. En el caso de requerir de algún método de identificación, estos deberán de ser poco invasivos e indoloros; en caso de ser invasivos deberán emplearse sustancias, fármacos sedantes o anestésicos a juicio veterinario.

El alimento para todas las especies debe de cumplir con las siguientes características: debe de estar libre de aditivos, drogas, hormonas, pesticidas y contaminantes (a no ser el caso de que la investigación así lo requiera); debe de encontrase dentro de su periodo de caducidad; y estar almacenado en un cuarto o bodega que este bien ventilado, seco y desinfectado, sobre un contenedor o tarima.

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