Normas de auditoría generalmente aceptadas (NAGAS)
IvanherbTrabajo9 de Septiembre de 2014
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IFEA: Dios es el que personifica toda ley y norma correcta en el universo:
• Porque os doy buena enseñanza; No desamparéis mi ley. (Proverbios 4:2)
• White (2005) en el Hechos de los Apóstoles pág. 9 dice: Él no ha dejado abandonada a su iglesia, sino que ha señalado en las declaraciones proféticas lo que ocurriría, y se ha producido aquello que su Espíritu inspiró a los profetas a predecir. Todos sus propósitos se cumplirán. Su ley está ligada a su trono, y ningún poder del maligno puede destruirla.
Por lo tanto, el dueño de cualquier ley y norma buena es Dios. No se puede hablar de ley sin Dios, puesto que lejos de Él no existe seguridad de cumplimiento, estabilidad, continuidad y aplicabilidad.
REPASO: Preguntas sobre:
- Ratios financieros: Liquidez absoluta, Prueba ácida y Rotación de inventarios.
- Tipos de auditoría
1. NORMAS DE AUDITORÍA GENERALMENTE ACEPTADAS (NAGAS)
La revista de Contabilidad y Negocios de noviembre de 2006 menciona que las NAGAS se dividen en:
a. Normas Generales o Personales
i. NAGA 1: Entrenamiento y Capacidad Profesional
La auditoría debe ser ejecutada por un personal que tenga el entrenamiento técnico adecuado y criterio como auditor. No basta con la obtención del título profesional de contador público, sino que es necesario tener una capacitación constante mediante seminarios, charlas, conferencias, revistas, manuales, trabajos de investigación, etcétera, y el entrenamiento “en el campo”.
ii. NAGA 2: Independencia
El auditor debe mantener una actitud mental independiente y una aptitud de imparcialidad de criterio. Los juicios que formula deben basarse en elementos objetivos de la situación que examina. El auditor actúa como juez del trabajo realizado por las personas que preparan los estados financieros.
La mayor amenaza que tiene un auditor en la práctica profesional, en cuanto a su independencia de criterio, es que, frecuentemente, él debe juzgar y opinar sobre las decisiones e informes de los directores de las empresas, quienes lo eligen, lo retienen o reemplazan a su exclusiva discreción. Es por ello que la selección del auditor debe ser ratificada por la junta de accionistas (artículo 114, Junta General de Accionistas, Ley General de Sociedades).
iii. NAGA 3: Cuidado y Esmero Profesional
Debe ponerse todo el cuidado profesional en la ejecución de la auditoría y en la preparación del informe. El debido cuidado impone la responsabilidad sobre cada una de las personas que componen la organización de una auditoría independiente y exige cumplir las normas relativas al trabajo y al informe. El ejercicio del cuidado debido requiere de una revisión crítica en cada nivel de supervisión del trabajo ejecutado y del criterio empleado por aquellos que intervinieron en el examen.
La capacidad y cuidado profesional es una norma común a la profesión del contador público y a todas las profesiones que se desprenden del carácter profesional de la actividad de auditoría. Si bien es cierto que un profesional no puede ser considerado infalible y, por lo tanto, no se le puede exigir éxito, se debe evaluar la capacidad para el desempeño de las actividades profesionales o su negligencia. En efecto, la actividad profesional, en tanto humana, es falible y se debe considerar que el común de las personas no tiene definido el concepto del alcance de auditoría —que se realiza sobre la base de muestras, evidencia selectiva y, sobre todo, de la opinión— cuando se refiere a la presentación
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