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SNCCL

tiare00456Tesis16 de Octubre de 2014

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1.- Explique cómo se financia el SNCCL.

2.- Explique cuál es la labor de los Organismos Sectoriales de Capacitación.

3.- Investigue qué es el Registro Único de Competencias laborales. Explíquelo con sus palabras e incorpore material de apoyo como imágenes, ejemplos o link. (Referencie la información).

1.- Según el Artículo 26, Título 7º de la Ley 20.267 el servicio de evaluación y certificación de competencias laborales podrá ser financiado mediante cualquiera de las siguientes alternativas:

a) A través de recursos propios de la persona que solicita el servicio.

b) Con recursos provenientes de la empresa en la que el trabajador se desempeña, los que podrán gozar de la franquicia tributaria señalada en el inciso 1º del Artículo 36 de la Ley 19.518, para aquellos beneficiarios que esta norma contempla.

c) Con recursos contemplados en el Fondo Nacional de Capacitación señalado en el Artículo 44 dela Ley 19.518, los que serán aplicados, preferentemente, a los trabajadores cesantes.

d) A través de los respectivos presupuestos destinados a capacitación en las entidades

e) Pertenecientes al sector público.

En el Artículo 28° Título 7º el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, determinará el monto de los gastos de las acciones de evaluación y certificación de competencias laborales que se podrán imputar a la franquicia tributaria que establece la Ley 19.518.

Para efecto de lo anterior, el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, en conjunto con el

Ministerio de Hacienda deberá fijar anualmente un valor máximo a descontar por cada proceso de evaluación y certificación de competencias laborales efectuado, denominado valor proceso de evaluación y certificación de competencias laborales participante.

El monto autorizado a descontar no podrá exceder del gasto efectivamente realizado por la empresa. En caso de que el trabajador concurriera al financiamiento de su proceso de evaluación y certificación de competencias laborales, el empleador podrá imputar a la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, franquicia para solo la parte correspondiente a su aporte.

2.- ORGANISMOS SECTORIALES

Según el Artículo 13° Título 3º de la Ley 20.267, los organismos sectoriales son representantes de diferentes sectores, del sector productivo, de la administración pública y de los propios

trabajadores y que son los encargados de elaborar las estrategias que son vinculadas a las UCL, las Unidades de Competencias Laborales, así como también, generarlas, actualizarlas y proponer a la comisión su adquisición; por su parte, los Centros de Evaluación y Certificación, entidades ejecutoras independientes, con personalidad jurídica y acreditadas, que son los responsables de evaluar las competencias laborales de las personas, de acuerdo a las unidades de competencias laborales acreditadas por la comisión y otorgar las certificaciones (Ley 20.267).

Uno de los organismos sectoriales más importantes en Chile es la Confederación de la Producción y del Comercio también conocido como CPC, fundada en 1935, es una agrupación gremial del empresariado nacional, reuniendo a los sectores productivos más importantes del país y la integran seis ramas de sector productivo

3.- Según lo establece la Ley N° 20.267, el Registro de Competencias Laborales es un documento público que contiene los perfiles ocupacionales acreditados por ChileValora, disponible en www.chilevalora.cl. Perfil Ocupacional es una agrupación de unidades de Competencia Laboral estandarizadas de una determinada área ocupacional u oficio.

El Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales (SNCCL), fue creado por la Ley 20.267 el 25 de junio del 2008 y constituye un gran paso en el proceso de establecer un sistema de formación permanente en Chile.

En

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