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Enviado por   •  3 de Agosto de 2015  •  Documentos de Investigación  •  649 Palabras (3 Páginas)  •  148 Visitas

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CONTRATO DE (ARRENDAMIENTO DE UN PREDIO RURAL).

En la ciudad de San José del Guaviare, a los 15 días, del mes de noviembre  del año 2014 entre los suscritos: MIGUEL VARGAS CRUZ mayor de edad y vecino del municipios San José del G, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.726.503,Bogota D.C respectivamente en adelante llamado el ARRENDATARIO, de una parte, y TITO FLORENTINO MARTINEZ , mayor y vecino de Calamar Guaviare  , identificado con la cédula de ciudadanía número 97.601.009 expedida en San José del Guaviare , en adelante denominado el ARRENDADOR, de otra parte, acuerdan celebrar el presente contrato de  (FINCA BUENA VISTA, VEREDA EL PROGRESO DEL MUNICIPIO DE CALAMAR GUAVIARE ), el cual que se regirá por las siguientes cláusulas y lo no pactado en ellas por las leyes colombianas vigentes y aplicables a este asunto especialmente las consagradas en los capítulo II y III, Título XXVI, Libro 4 del Código Civil. 

PRIMERA: El ARRENDADOR, entrega al ARRENDATARIO un predio rural llamado FINCA BUENA VISTA del municipio de Calamar Guaviare, que se encuentra ubicado en Vereda EL PROGRESO para el uso del sostenimiento de 100 bovinos.

SEGUNDA: El término de duración del arrendamiento es de 01 año  desde el 15 de noviembre de 2014 hasta el 15 de noviembre de 2015, empero, ante el silencio de las partes al expirar el término principal estipulado, el término se entenderá prorrogado por periodo igual y de mutuo consentimiento. 


TERCERA: El canon de arrendamiento es por la suma de OCHOCIENTOS MIL PESOS MCTE ($ 800.000), suma que el arrendatario se obliga a pagar por cada mes calendario, anticipadamente, dentro de los 15 primeros días de la respectiva mensualidad, a la orden del Arrendador.

CUARTA: El inmueble se destinará exclusivamente para MANTENIMIENTO DE 100 CABEZAS DE GANADO. Está prohibido guardar sustancias explosivas o perjudiciales para la conservación, seguridad e higiene del inmueble.

QUINTA: El arrendatario no podrá ceder ni subarrendar, total o parcialmente, la finca objeto del presente contrato, sin el previo consentimiento escrito del arrendador.


SEXTA: El arrendatario declara haber recibido el inmueble a su satisfacción, en el estado que puntualiza el inventario que por separado se firma en la fecha y se considera parte integrante de este contrato. En ningún caso tendrá el arrendatario derecho de retención sobre el inmueble por razón de mejoras, ni derecho a indemnización alguna. Está obligado el arrendatario a efectuar en el inmueble las reparaciones locativas que por ley corresponde.

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