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Constitución de una EIRL


Enviado por   •  16 de Diciembre de 2012  •  Síntesis  •  472 Palabras (2 Páginas)  •  502 Visitas

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Constitución de una EIRL

Una EIRL se crea mediante el otorgamiento de una escritura pública, cuyo extracto o resumen debe inscribirse en el Registro de Comercio del domicilio de la empresa y publicarse en el Diario Oficial, en ambas casos dentro del plazo de 60 días contados desde la fecha de la escritura. Para más detalle sobre estos trámites y sus costos ver la columna ¿Cómo crear una sociedad de responsabilidad limitada?.

Es importante tener presente que la escritura de constitución debe incluir ciertas menciones obligatorias. Entre ellas, el giro que tendrá la EIRL y su nombre, el cual debe contener el nombre y apellido del titular o un nombre de fantasía y las actividades económicas que constituirán su objeto y terminar con las palabras “empresa individual de responsabilidad limitada” o la sigla “E.I.R.L.” (por ejemplo, Ricardo Pérez Zañartu Comercializadora de Productos del Mar, E.I.R.L.).

¿Quién administra la EIRL?

La administración de la EIRL corresponde al titular de la empresa, es decir, al empresario que la constituyó. Sin perjuicio de lo anterior, este último podrá otorgar mandatos generales o especiales a una o más personas, lo que podrá hacerse en la misma escritura de constitución o una escritura pública posterior.

Tributación de la EIRL

La EIRL está sujeta a las normas tributarias que rigen la SRL, por lo que tributan en Primera Categoría. En cuanto a las utilidades que perciba el titular (retiros), éstas estarán grabadas por el Impuesto Global Complementario o el Impuesto Adicional, según sea el caso, sin perjuicio que las utilidades retiradas pueden ser reinvertidas sin gatillar los impuestos personales, cumpliendo con los requisitos legales. La EIRL debe tributar, por regla general, sobre la base de renta efectiva, acreditada mediante contabilidad completa, y es sujeto pasivo del impuesto denominado “patente municipal”.

Cesión de los derechos sobre la EIRL

Uno de los inconvenientes que tiene la EIRL es que su titular no puede ceder a un tercero libremente sus derechos sobre la misma, a diferencia del socio o accionista de una sociedad que sí puede ceder sus derechos sociales o acciones, respectivamente.

Transformación de la EIRL

La limitación anterior se suple, en parte, al permitir la ley que el empresario individual transforme su EIRL en una sociedad de cualquier tipo, en cuyo caso, debe cumplirse con los requisitos y formalidades referentes a la constitución del tipo de sociedad a la cual se transforme. Esta transformación no implica la disolución de la EIRL y, por tanto, la sociedad a la cual se transforma será su continuadora legal.

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