ESCRITURA DE CONSTITUCION DE UNA EIRL
COLOCACUERNOS3 de Junio de 2012
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REPERTORIO Nº:
CONSTITUCION DE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPOSABILIDAD
LIMITADA, “ xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.”
o
xxxxxxxxxxxxxxxx E.I.R.L."
EN SANTIAGO, REPÚBLICA DE CHILE, a 28 de Marzo de dos mil doce, ante mí, ante mi ………………………………….. Titular de la ………………………….. Notaría de Santiago, con oficio en…………………………, oficina …………………….., Santiago, Comparece Don xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, chileno, soltero, Contador auditor, cedula nacional de identidad xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, domiciliado en calle xxxxxxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx y ciudad de Santiago, el compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula citada, expone que viene en realizar el siguiente acto jurídico:
PRIMERO: Por el presente instrumento, el compareciente don xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx constituye una empresa individual de responsabilidad limitada, de conformidad con las prescripciones de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, de fecha once de febrero del año dos mil tres, teniendo además presentes las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio, que versan sobre esta materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato; SEGUNDO: La razón social de la sociedad será: “xxxxxxxxxxxxxxxx.". Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar para todos los efectos legales, inclusive ante los Bancos, entidades financieras, Servicio de Impuestos Internos, Municipalidades, y ante toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos, personas naturales y jurídicas, con el nombre de fantasía de "xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx E.I.R.L."; TERCERO: El objeto de la sociedad será; a) El arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles amoblados y no amoblados, ya sean estos de su propiedad o arrendados a un tercero para tales fines; b) La compra y venta de bienes muebles e inmuebles, ya sean estos nuevos o usados; c) La realización de todo tipo de estudios y asesorías inmobiliarias; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro con el giro; d) Prestación de servicios profesionales en asesorías inmobiliarias y de gestión; diseño y decoración; e) Realizar toda otra actividad que se relacione con el giro de trasporte de carga y asesoría, en la actualidad o en el futuro; f) Embalaje de toda clase de mercadería, muebles, menaje y cualquiera cosa que sea necesario preparar para su traslado de un domicilio a otro, sea dentro del país, sea para o desde el extranjero. Al respecto, la empresa puede ser, además filial de otra empresa extranjera, acreditada en el rubro, y puede ser comisionista o intermediaria entre el cliente y otra empresa del ramo, en su caso. Asimismo, podrá contratar, por sí, o para terceros, fletes con empresas de transporte; y realizar los fletes y mudanzas en vehículos propios o en otros tomados en arrendamiento; g) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; la participación como inversionista o asesora en toda clase de proyectos y el desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; h) Prestar servicios a la industria y al comercio, sean personas naturales o jurídicas, compañías y empresas unipersonales, especialmente, en el área de aseo de las oficinas y mantención de dependencias y bodegas, o traslado del personal o de ejecutivos; o transporte de mercaderías; o transporte de objetos delicados; o transporte de dinero, efectos y documentos; o reparto de correspondencia, etc.; CUARTO. La administración, la representación y uso de la razón social corresponderá a don xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien actuando por la empresa y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y, sin que la enumeración siguiente tenga el carácter de taxativo, podrá: a) Ante terceros, incluyendo a toda clase de instituciones nacionales, extranjeras e internacionales, ante autoridades políticas, administrativas y judiciales del país y del extranjero, formular toda clase de solicitudes, efectuar presentaciones o declaraciones y aceptar obligaciones y derechos; Celebrar toda clase de actos y contratos; Despachar y recibir de las oficinas postales y reparticiones o instituciones públicas o privadas, correspondencia ordinaria o certificada, encomiendas, giros de dinero, mercaderías y otras especies o valores consignados o endosados a nombre o a la orden de los otorgantes; b) Cobrar y percibir todo cuanto se le adeude por cualquier motivo o título y otorgar los correspondientes recibos, cancelaciones, finiquitos o resguardos que se solicite; c) Dar y recibir dinero en préstamo; d) Girar y aceptar traspasos y depositar o entregar valores, acciones o bonos en custodia, en garantía o a otro título y retirarlos. e) Firmar la correspondencia y todos los documentos públicos o privados y celebrar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, mercantiles o de cualquier otro orden de que se requiera y que la administración de los bienes de la empresa haga necesarios o convenientes; f) Comprar, gravar y vender bienes inmuebles; g) Comprar, vender y, en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles, derechos y fijar las condiciones en los respectivos actos y contratos; h) Tomar y dar en arrendamiento o leasing toda clase de bienes muebles e inmuebles, celebrar contratos de franchising o franquicia, contratos de operaciones de factoring, enginering y underwriting, administración y concesión; i) Adquirir o enajenar concesiones, marcas comerciales, patentes y toda forma de propiedad intelectual o industrial; j) Celebrar toda clase de contratos de trabajo y de prestaciones de servicios, desahuciarlos y ponerles término, pactar remuneraciones, indemnizaciones, regalías y demás condiciones; k) Aceptar, reaceptar, girar y sobregirar, pagar, endosar, descontar, prorrogar, cobrar, cancelar y protestar, depositar, redepositar, revalidar y vender letras de cambio, cheques, libranzas, pagarés, vales en cobranza y demás documentos civiles o mercantiles, ya sean a la orden, al portador o nominativos, incluyendo toda clase de documentos bancarios, celebrar con los bancos comerciales, instituciones de crédito, corporaciones de derecho público o privado, sociedades civiles, comerciales o de otro orden, con el Banco del Estado de Chile u otro banco o institución financiera, con particulares o con cualesquiera otras instituciones nacionales, extranjeras o internacionales, contratos de préstamos, de mutuo, comodato, de depósito, de cuentas corrientes bancarias y mercantiles de la manera que éstas se expresen, sean de depósito o de crédito, girar y sobregirar en dichas cuentas, cerrarlas, retirar libretos o talonarios de cheques, dar órdenes de no pago y reconocer o impugnar saldos o cartolas en cuenta corriente mercantil o bancaria, retirar depósitos a la vista, a plazo o condicionales; I) Importar, exportar toda clase de bienes, productos, insumos, materias primas, partes y piezas y ejecutar toda clase de operaciones de comercio exterior y de cambios internacionales, practicar las gestiones necesarias para la internación o exportación de mercaderías ante las Aduanas, los organismos oficiales, incluso el Banco Central de Chile y demás reparticiones pertinentes y firmar pólizas, solicitudes de importación y demás documentos necesarios para esas operaciones,
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