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La propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2014  •  Trabajos  •  395 Palabras (2 Páginas)  •  210 Visitas

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¿Cuáles son las normas que regulan la participación de los particulares en la educación? con base al texto de Luis Vega “La Ley General de Educación, las leyes estatales y las instituciones particulares de educación superior. El ámbito espacial de validez de la incorporación al sistema educativo”.

La propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece como facultad del Congreso de la Unión expedir las leyes necesarias para distribuir la función social educativa entre la federación con el artículo tercero constitucional determina como un deber del Estado –federación, estados y municipios- impartir educación a través de una concesión que es la figura jurídico-administrativa por medio de la cual permite que un particular preste un servicio público.

Sistema Educativo Nacional debe reunir las características que señalan las leyes de procedimiento administrativo cumplir con las finalidades del interés público ser expedido sin que medie dolo o violencia en su emisión, pero sobre todo, estar fundado y motivado.

Los elementos con que la doctrina jurídica ha caracterizado al servicio público son:

1) Estar determinado en una norma jurídica

2) Responder a una necesidad colectiva

3) Su desempeño requiere de una organización establecida ex profeso (la SEP en este caso particular)

4) Su presentación deber ser regular, en cuanto pueda ser previsible en el espacio y el tiempo, proporcionando certidumbre al usuario; uniforme en razón de que se prevea en las condiciones y calidad fijadas, sin discriminación ni privilegio alguno; continua en razón de que requiere ser permanente y técnicamente adecuada para satisfacer las expectativas de la necesidad para la cal fue creada.

El Estado ha creado un Sistema Educativo Nacional como mecanismo para satisfacer la necesidad de educación en la sociedad. Este sistema se conforma por alumnos, maestros, planes, programas, materiales y métodos educativos, instituciones educativas del estado y de sus organismos descentralizados

Los efectos de la incorporación son:

a) La autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios son específicos para cada plan de estudios.

b) La incorporación es para un plantel, extensión o dependencia determinados.

c) La autorización o el reconocimiento que otorguen los estados o el Distrito Federal.

d) Solo rigen respecto de sus propios territorios.

En consecuencia, los particulares no pueden indiscriminadamente crear un nuevo plan de estudios, plantel, extensión o dependencia, pues para ello requieren de un nuevo acuerdo

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