Las Drogas
Carmen174412 de Agosto de 2013
4.857 Palabras (20 Páginas)398 Visitas
INTRODUCCION
Realizando una de las mayores revoluciones en la dialéctica y conflictiva
relación entre el Estado y la sociedad, el constitucionalismo clásico, justifico su origen y desarrollo en la afirmación y protección de la dignidad de la persona que marcara que marcara la construcción de un progresivo sistema jurídico-institucional, que abrevara en una axio-teología antropológica, política, social, cultural y ética
Para lograr esto fue importante el reconocimiento de los derechos individuales y garantías del hombre y establecer la división y equilibrio del poder, sus funciones que se imputaran a diversos órganos, para lograr un poder limitado y controlado, para evitar la violación de la dignidad humana y el abuso del poder
1.- Investigue y explique brevemente sobre Constitucionalismo Clásico: características, influencias y su Importancia según su criterio.
El constitucionalismo Clásico, surge a fines del siglo XVIII propulsado por la Revolución Norteamericana de 1776 y la Revolución Francesa de 1789.
Ambos procesos revolucionarios tuvieron como fin limitar el abuso de poder por parte del Estado, y lograr que los derechos fundamentales del hombre sean reconocidos. y plasmados en diversos documentos, como la Declaración de Virginia (1776), la Constitución de Estados Unidos (1787), la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789), y la Constitución francesa (1791).
A partir de la aparición del constitucionalismo clásico, quedan consagrados un plexo de derechos fundamentales, denominados “derechos individuales” (por ej.: el derecho a la vida, el derecho a la libertad, el derecho a la dignidad humana, Los estados que adoptaron el constitucionalismo, debieron ajustarse inmediatamente a lo dispuesto en la constitución, ya que ésta constituye la ley suprema de todo estado y nadie puede vulnerarla.
Características del Constitucionalismo Clásico
• Estableció el principio de legalidad como base y fundamento para el ejercicio
de las conductas coexistencia les.
• La constitución es escrita y rígida.
• La filosofía que sustenta este constitucionalismo es el racionalismo, es la razón capaz de ordenar a la sociedad, y son validas para cualquier tiempo y lugar.
• Busca limitar el poder, a través de la división de poderes.
• Contiene un catalogo de derechos y facultades que la razón asigna a la persona humana.
• Considera al Poder Legislativo, como primer poder y supremo del estado.
• Considera al estado como una institución artificial creada por el hombre para garantizar el cumplimiento de la ley.
• Propicia el imperio de un exagerado individualismo, en consecuencia niega
Atribuciones al estado para organizar la vida social con criterio de solidaridad y
Justicia social.
• El Poder se funda en el principio de soberanía popular.
Importancia Constitucionalismo Clásico
Se reconoce los derechos individuales y sus correspondientes garantías, se establece una división y equilibrio, procurando un poder controlado y limitado, evitando todo abuso que viole la dignidad humana. Frente a la voluntad del Rey, surge el constitucionalismo y el estado de derecho que se fundaba en la voluntad de la ley.
Influencia Constitucionalismo Clásico
El constitucionalismo clásico, influye notablemente en la redacción de dos de los documentos de mayor trascendencia en la historia. La constitución Federal de los Estados Unidos, y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
Estos documentos constituyeron de fuente para la ordenación jurídica de otros países del mundo, así como sus respectivas constituciones.
2.- Elabore un cuadro sinóptico y en el explique las fuentes del Derecho Constitucional. Haga un comentario crítico de nuestro Derecho Constitucional (ptos 4)
Concepto Son los actos o hechos de los cuales Nacen los principios jurídicos y las Normas que determinan la constitución Del estado.
Formales.-Normas jurídicas con
Clases de fuentes carácter general y obligatoria.
Materiales.-se.constituyen espontáneamente, sociológicamente.
Constitución.-Es la cúspide, no Pueden ser contradichas, ni desnaturalizadas.
FUENTES DEL Fuentes Formales Ley.- Dada por el parlamento, son las
DERECHO ,orgánicas, leyes bases y ordinarias CONSTITUCIONAL Derecho Internacional.-Tratados
Internacionales, tratados sobre derechos humanos.
Jurisprudencia.-Derechos formados por los fallos de los jueces.
Derecho comparado.-Surge para Cubrir determinadas lagunas en Derecho.
Fuentes
Materiales La Costumbre.- actos repetidos a través de la vida cotidiana.
La Doctrina.-fuente de normas, explica, desarrolla, critica y expone científicamente el orden jurídico.
Comentario Crítico de nuestro Derecho constitucional
En el Perú, las instituciones democráticas y el régimen constitucional han tenido, y aún tienen, una vigencia más formal que real, no obstante estar recogidas en los textos constitucionales y en los discursos políticos. Uno de los aspectos donde más se ha manifestado esta debilidad institucional, ha sido la crisis de gobernabilidad y la instauración de regímenes dictatoriales por efecto de golpes militares, que caracterizaron al país durante las décadas previas al período objeto de análisis en este trabajo.
3. – Investigue las fuentes del Derecho Constitucional: Explique brevemente cada una de ellas y dé un ejemplo por cada una. En su opinión cual de las
Las fuentes del Derecho Constitucional se clasifican en:
I. Fuentes Formales: En sentido formal fuente viene a ser el procedimiento técnico a través del cual se producen las normas jurídicas.
1. Constitución Formal.- Es la fuente del Derecho Constitucional, para ser formal debe cumplir con dos requisitos indispensables, Rigidez y escrituralidad.
Dentro de la pirámide jurídica, expuesto por Kelsen, constituye la cúspide, es la de mayor jerarquía, no pueden ser contradichas ni desnaturalizadas por ninguna norma del sistema jurídico.
2. Ley.- Es la norma imperativa, legítima, ordenada y promulgada para el bien común, debe concordar con la Constitución, por la forma y el fondo.
Dentro del concepto de ley, se involucra a las siguientes leyes:
2.1 Leyes Constitucionales.- Son dadas por el parlamento, y tienen el rango de constitución escrita.
2.2 Leyes Orgánica.- Dadas por el parlamento, con la finalidad de desarrollar el texto constitucional, su aprobación requiere mayorías absolutas o calificadas.
2.3 Leyes Ordinarias.- Son las normas que comúnmente da el Parlamento, de acuerdo con las necesidades del Estado, están referidas a diversos aspectos civiles, penales, laborales etc.
3. Derecho Internacional.- Actualmente, es común encontrar en las Constituciones de los estados normas relativas al derecho Internacional, así como a los tratados en general y de los tratados sobre derechos humanos en particular.
4. Jurisprudencia.- Es el derecho formado por los fallos emanados de los jueces, particularmente de los que constituyen la última instancia. Es también denominada como derecho judicial, derecho vivo o derecho emergente de las sentencias de los tribunales de última instancias.
5. Derecho Comparado.- son muy pocas constituciones que admiten al derecho comparado como fuente del derecho, Sin embargo, el derecho comparado es aceptado como fuente en los casos que tenga que cubrir determinadas lagunas constitucionales, en el proceso denominado heterointegraciòn.
II. Fuentes Materiales: La fuente material, por excelencia es la costumbre. También se considera dentro de esta fuente a la doctrina.
1.- La Costumbre: Generalmente por costumbre se entiende a los actos repetidos que rigen nuestro comportamiento en relación con los demás.
La costumbre jurídica se distingue de la simple costumbre porque su uso es generalizado, existe conciencia de su obligatoriedad por el respaldo de la fuerza del Estado.
La costumbre en el Derecho Constitucional, se forma por acción de los agentes políticos que operan la Constitución y, en algunos países que cuentan con mecanismos como el referéndum o el Recall, donde la comunidad interviene, puede también el pueblo dar origen a saludables costumbre constitucionales.
2.- La Doctrina: Algunos estudiosos del constitucionalismo ubican a la doctrina como fuente material o indirecta debido a que ella explica, desarrolla, critica y expone científicamente el orden jurídico constitucional, operando como una fuente de conocimiento de las normas.
La doctrina se ha constituido como una de las mas importantes fuentes del Derecho Constitucional, estas contribuyen a la formación de las norms y a
...