Edicto pretorio
gaberApuntes5 de Mayo de 2015
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Edicto pretorio
El edicto era la forma de pronunciamiento de los magistrados romanos (magistratus populi romani) en cuestiones relativas a su competencia y constituye una de las principales fuentes del derecho romano. Los principales emisores de edictos eran los pretores, magistrados encargados de la administración de justicia, que eran dos: el pretor urbano encargado de los asuntos entre ciudadanos romanos y el pretor peregrino, creado en el año 242 a. C. para dirimir los asuntos entre los ciudadanos romanos y los peregrinos o extranjeros.
Los magistrados emitían el edicto (asesorados por un jurista) al comienzo de su mandato de 1 año a modo de programa que había de regir el mismo y lo hacían público mediante su escritura en una tabla que se exponía a la vista de los ciudadanos.
Había tres clases de edictos:
Perpetuo (perpetuum): Dado por Adriano. Se daba al comienzo del mandato del magistrado y tenía validez durante toda la duración del mismo. Generalmente recogía lo ya establecido en el edicto del magistrado precedente con ligeras modificaciones o añadidos, según lo que la experiencia del mandato anterior aconsejaba.
Repentino: Se emitía para un caso determinado y concreto y sólo tenía validez para el mismo.
Traslaticium: Edicto del Pretor antiguo en el que se fijaba el nuevo pretor para realizar el suyo.
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