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El Boletín C-3

perlappSíntesis25 de Noviembre de 2014

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El Boletín C-3, Cuentas por cobrar, fue emitido en 1974 y cubrió el tema de cuentas por cobrar comerciales y de otras cuentas por cobrar, sin profundizar en ciertos aspectos, como el carácter de instrumentos financieros que tienen la mayoría de las cuentas por cobrar, tales como las cuentas por cobrar comerciales y el procedimiento y forma de reconocimiento de la estimación para incobrabilidad.

Razones para emitir la NIF C-3

IN2

Considerando los cambios que están ocurriendo en el entorno internacional y, específicamente en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A. C. (CINIF) decidió que es necesario actualizar el contenido de la norma de cuentas por cobrar. Para tal efecto, de abril a septiembre de 2011 sometió a auscultación el proyecto de NIF C-3, Cuentas e instrumentos financieros por cobrar, el cual incluyó las cuentas por cobrar comerciales, considerando su calidad de instrumentos financieros.

IN3

El proceso de auscultación indicó que la norma era demasiado compleja, especialmente para todas aquellas entidades cuyas cuentas por cobrar comerciales no tienen las características de instrumentos financieros más sofisticados como préstamos u otros instrumentos financieros de deuda. Después de analizar el contenido de las respuestas, el CINIF decidió separar en dos normas el tratamiento de las cuentas por cobrar y el de los instrumentos de financiamiento por cobrar.

IN4

Por lo tanto, esta norma se enfoca exclusivamente a las cuentas por cobrar comerciales y a las otras cuentas por cobrar, que incluyen cuentas por cobrar a empleados, partes relacionadas, impuestos y cuentas de diversa naturaleza, a las cuales en ocasiones se les denomina deudores diversos.

Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores

IN5

Los principales cambios en relación con el Boletín C-3 consisten en:

a) especificar que las cuentas por cobrar que se basan en un contrato representan un

NIF C-3, CUENTAS POR COBRAR

© D. R. CINIF NIF C-3 – 7

instrumento financiero, en tanto que algunas de las otras cuentas por cobrar, generadas por una disposición legal o fiscal, pueden tener ciertas características de un instrumento financiero, tal como generar intereses, pero no son en sí instrumentos financieros;

b) establecer que la estimación para incobrabilidad por cuentas por cobrar comerciales debe reconocerse desde el momento en que se devenga el ingreso, presentando la estimación en un rubro de gastos prominente en el estado de resultado integral;

c) establecer que, desde el reconocimiento inicial, debe considerarse el valor del dinero en el tiempo, por lo que si el efecto del valor presente de la cuenta por cobrar es importante en atención a su plazo, debe ajustarse considerando dicho valor presente. En este aspecto, el CINIF consideró que el efecto de valor presente es material cuando se pacta el cobro de la cuenta por cobrar, total o parcialmente, a un plazo mayor de un año, pues se considera que existe una operación de financiamiento; y

d) requerir una conciliación entre el saldo inicial y el final de la estimación para incobrabilidad por cada periodo presentado.

Bases del Marco Conceptual que se utilizaron para la elaboración de esta NIF

IN6

La NIF C-3 se fundamenta en la NIF A-2, Postulados básicos, específicamente en el postulado de devengación contable, ya que esa NIF establece que “Los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo una entidad económica con otras entidades, de las transformaciones internas y otros eventos que la han afectado económicamente, deben reconocerse en su totalidad en el momento en el que ocurren…” por lo cual, las cuentas por cobrar comerciales se reconocen cuando proceda reconocer el ingreso correspondiente, lo cual implica reconocer

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