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David Romero TapiaTarea2 de Septiembre de 2015

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Restructuración Concursal. Patrimonial y Sistema

Objetivo: Permanencia de la unidad productiva, protección del crédito y patrimonio de la empresa.

Finalidad: propiciar un ambiente idóneo para la negociación, llegar a un acuerdo de reestructuración o la salida ordenada del mercado.

Procedimiento concursal ordinario: personas naturales o jurídicas en estado de insolvencia. Se inicia de dos maneras:

Solicitud del deudor: 1/3 de deudas vencidas e impagas por más de 30 días, pérdidas por 1/3 del capital.

Solicitud del acreedor: deudas vencidas e impagas por más de 30 días y deben sumar + de 50 UIT.

Se notifica el deudor, tiene 4 alternativas: Pagar, ofrecer el pago, oponerse (existencia, titularidad, exigibilidad y monto), aceptar el inicio del procedimiento concursal.

Si continúa se publica en los diarios, Objetivos:

Notificar a la totalidad de los acreedores: presentan sus créditos para que sean reconocidos. Puede ser:

  • Los sustentados en declaraciones o autoliquidaciones ante entidades administradoras de tributos o fondos.
  • Sustentados en títulos valores o doc. Públicos.
  • De origen laboral.
  • Los que estén en discusión en el poder judicial, sistema arbitral o sede administrativa.

Proteger el patrimonio del deudor: Los bienes del deudor son inembargables; los deudores que son personas naturales casados, en el régimen de sociedad de gananciales, variarán al régimen de separación patrimonial.

Una vez reconocidos los créditos se forma la junta de acreedores: participan aquellas personas naturales o jurídicas cuyos créditos fueron reconocidos por la comisión de reestructuración de INDECOIPI.

Créditos de origen laboral: Min. De trabajo.

Créditos cuyo acreedor es el Estado: Min. De economía y Finanzas.

Si la recuperación es viable-Plan de reestructuración

Si no es viable-liquidación+nombrar un liquidador.

Plan de Reestructuración: negocio jurídico, por el cual la J.A. define los mecanismos para llevar a cabo la reestructuración económica financiera, para extinguir sus deudas y superar la crisis. (Balance Gral.  Acciones para ejecutar, Relación de las deudas).

Orden de prelación: de origen laboral, d. alimentarias, c. garantizados, c. de origen tributario, cualquier otra deuda.

Partes: prop. De financiamiento, política laboral, régimen de intereses, presupuesto, estado de flujo efectivo.

Plan de Reestructuración cumplido: J.A. disuelta, administración a la empresa.

Plan de Reestructuración incumplido: liquidación.

Liquidación:

  • identificación del liquidador, deudor y jefe de la J.A.
  • Proyección de gastos
  • Honorarios del liquidador
  • El liquidador informa periódicamente
  • Modalidad de liquidación.
  • Régimen de intereses.

Procedimiento Concursal Preventivo: Conceder un espacio a los acreedores convocados a desaprobar el acuerdo global de refinanciación (Cronograma de pagos, tasa de interés, garantías)

Inicia: Solicitud del deudor, o acreedor (deudas vencidas superiores a 50 UIT)

Responsabilidad Social.

Concepto: Las empresas deben tomar las consecuencias sociales de sus decisiones.

Clases:

  • Económicas: producción
  • Legales: cumplimiento de la ley
  • Éticas: hacer lo correcto, justo y razonable.
  • Filantrópicas: actividad voluntaria, expectativas sociales. Contribuir con recursos a la comunidad.

Desarrollo sostenible: desarrollo que satisface las necesidades actuales sin perjudicar a las generaciones futuras.

Dimensiones:

  • Económica: todo tipo de inversión y gasto
  • Ambiental: impactos que causan en el ambiente.
  • Social: interacción de la organización y la comunidad y sus derechos.

Consolidación:

  • Global compact: 10 principios (Derechos humanos, normas laborales, medio ambiente, anti corrupción)
  • Metas del milenio: objetivos a cumplir en un plazo determinado.
  • Declaración de la ciudadanía corporativa del World Economic Forum: para los empresarios (Establecer liderazgo, definir la R.S. para la empresa, haga que las cosas sucedan, hacer todo transparente)

Beneficios:

  • Mejoramiento del desempeño financiero: mejoramiento financiero, valor a los clientes y administración de intangibles.
  • Reducción de costos operativos: reducir costos, gastos e improductividad.
  • Mejora la imagen de marca y de la reputación de la empresa: buena reputación-R.S.
  • La R.S.E. como ventaja competitiva: importancia de lo intangible.

*Elementos generados por la R.S. al ser asumida como parte de la filosofía de la empresa: Entorno legal (niveles mínimos a alcanzar), Mercado de capitales (mayor flexibilidad, mayor garantía y menor costo), imagen de marca (elemento diferenciador), innovación (tendencia innata a innovar).

Los stakeholders:

  • Accionistas: aporte de capital
  • Colaboradores y sus familias: realizan labor remunerada.
  • Clientes/consumidores: adquieren a cambio de una cantidad de dinero
  • Proveedores: Suministra bienes y/o servicios a la empresa para la producción.
  • Gobierno: instituciones que representan al estado.
  • Comunidad: grupo de personas que comparten elementos en común.
  • Medio Ambiente: entorno en el cual una organización opera.

R.S.E. en el Perú.

Grupo Perú 2021: visión del futuro.

Medición de la R.S.E.

  • OIT-CONFIEP: Manual de un Balance Social
  • SACE + Perú 21: índice filantrópico, índice de inversión social.

Relación de R.S.E. y D.E. Fin (Desarrollo sostenible) – Medio (R.S.E.)

Propiedad intelectual

Definición: “Derechos del autor”, conjunto de derechos y atribuciones que corresponden al creador de una obra.

Fundamento: no existe forma más legítima de propiedad que aquella que se tiene sobre las creaciones del espíritu.

Aspectos:

  • Derecho moral, personal e intelectual: identificar al autor con su obra, poder que tiene el autor de oponerse a cualquier acción relacionada con su obra.
  • Derecho patrimonial: derecho de explotación de la obra.

Naturaleza jurídica: naturaleza hibrida.

  • Derechos de la personalidad: la obra es la extensión de la personalidad.
  • T. de los derechos reales: exclusividad de la utilización.
  • T. de los Derechos crediticios: teoría intermedia, se reduce al derecho del crédito.
  • T. de los derechos especiales: derecho humano (aspecto personal y patrimonial)

Características: Derecho subjetivo, naturaleza real, absoluta, temporalmente limitada, dual (patrimonial y moral) forma un monopolio jurídico.

*El desarrollo tecnológico quebrado la protección dada a los acreedores por las diversas formas de copia.

  • Derechos Morales: interés no pecuniario. Comprende el poder del autor para determinar si su obra se divulgará, cuidar la integridad y la inviolabilidad de la obra.

Relación:

  • D. a mantener la obra inédita o no divulgarla
  • D. a reivindicar la paternidad de la obra.
  • D. controlar la integridad de la obra o “derecho al respeto”

Derechos Patrimoniales: beneficios económicos que corresponden al autor de una obra que esta siendo utilizada.

Características:

  • Limitados en el tiempo
  • Se dirigen a obtener rendimientos pecuniarios
  • Son excluyentes
  • El monopolio que se reconoce al autor permite evitar competencias de terceros que le impidan conseguir beneficios.
  • Transmisibles.
  • Su extinción origina el paso de la obra al dominio público
  • Se pueden ceder por una contraprestación económica.

Modalidades de explotación.

  • D. de reproducción: modalidad principal, consiste en la fijación de la obra en un medio para su comunicación y la obtención de copias.
  • D. de distribución: es la puesta a disposición del público del original o de las copias por medio de la venta, alquiler, préstamo u otra forma cualquiera.
  • D. de comunicación al publico: cualquier acto que permita a las personas, consideradas como publico, al tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una, sin que esto implique la existencia de una red de difusión o se trate del ámbito estrictamente doméstico.

Objeto de protección:

Definición creaciones intelectuales, mas que las ideas en si, se protege la expresión de las ideas del autor.

Obras derivadas: modalidad de la explotación de la obra original. Se modifica la obra cuando se altera, con permiso, uno o varios elementos configurativos con lo que se genera  una obra distinta, en la que notarse la actividad creadora intelectual. (traducción: uso de giros de lengua distinta a la original. Adaptación: altera una obra original con una fianalidad especifica.)

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