ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Conmoriencia

fapr30 de Marzo de 2013

656 Palabras (3 Páginas)973 Visitas

Página 1 de 3

SUCESION HEREDITARIA

1. Introducción.

Al ser la muerte aquel acontecimiento natural que produce efectos jurídicos y va a traer como consecuencia que otras personas adquieran los bienes del difunto, es importante determinar los distintos momentos que se producen en la secesión. Así tenemos a la apertura de la sucesión, vocación hereditaria, delación de la herencia, adquisición de la herencia.

2. Apertura de la Sucesión

Es el hecho juridico que se origina con la muerte o con el fallecimiento presunto de una persona. RIPERT Y BALANGER señalan que la apertura de la secesión es el hecho que se produce la transmisión del derecho del DE CUJUS de su patrimonio a sus sucesores.

3. Importancia de la apertura de la sucesión.

Es importante conocer en que momento se abre la secesión para determinar quienes son los herederos que sucederán a al DE CUJUS. En el caso de la sucesión testamentaria el momento en que va a producir sus efectos, aquella voluntad del causante a favor de sus herederos o legatarios.

Es también importante también, porque en algún instante, antes o después podría sobrevenir el fallecimiento o incapacidad que determine la exclusión de una persona o un nacimiento.

También es importante porque así se determine la competencia del Juez para la división y partición de la herencia y hasta que momento se retrotraen los efectos de la herencia

4.Época del fallecimiento presunto

Cuando una persona desaparece injustificadamente, sus bienes no pueden quedar al aire. Se solicita la declaración de Ausencia a los dos años y a los cinco la declaratoria de fallecimiento presunto. Esta declaración judicial puede tener efectos retroactivos (Art. 45, 1000 C.C.).

5.PRUEBA DEL FALLECIMIENTO DE LA PERSONA

Se prueba con le certificado de defunción y con la Sentencia de declaración de fallecimiento presunto.

6. LUGAR DE LA APERTURA DE LA SUCESION

Es importante determinar el último domicilio del DE CUJUS para determinar la que autoridad es jurisdiccionalmente competente para conocer el proceso de división y participación de la herencia.

Nuestra legislación determina que el lugar de la apertura de la secesión es el ultimo domicilio real que tenia el DE CUJUS (Art. 1001).

7. CONMORIENCIA

En un cataclismo, se presume que todos fallecen al mismo tiempo.

8. VOCACION HEREDITARIA

Etimología: VOCATIO ONIS= ACCION DE LLAMAR

Es decir que es el llamamiento a los posibles herederos ya sea por voluntad del DE CUJUS expreso en un testamento o por voluntad de la ley.

-En este momento se consideran a todos los posibles herederos.

8.1.Momento de la Vocación Hereditaria

Se produce en el mismo momento en que se abre la Sucesión, en el instante mismo que ha fallecido el causante

8.2. Clases de vocación

a) Vocación Testamentaria: Deviene de la voluntad del Causante expresado en el Testamento.

b) Vocación Legal: Aquel llamamiento que hace la ley a posibles herederos

c) Legal y Testamentaria: Cuando el DE CUJUS ha dispuesto una parte de su patrimonio por Testamento y la otra parte de sus bienes será la ley quien determine quienes van a heredar y en que porcentaje.

d) Vocación Hereditaria contractual: Aquel resultante de un contrato de secesión futura.

9. DELACION

Llamamiento efectivo a los posibles herederos

9.1. Diferencias entre vocación y delación de la herencia

La diferencia radica en que la vocación es el llamado a todos los posibles herederos. En la delación

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com