Marco Legal
sanndyy114 de Mayo de 2015
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NORMATIVIDAD LEGAL VIGENTE DE LA FORMACION PARA EL TRABAJO
Referentes internacionales.
Para desarrollar el tema de la Formación para el Trabajo, se remonta a la
Recomendación 195/2004 de la OIT que insta a la estados miembros a reconocer
que la Educación y la Formación “contribuyen de manera significativa a promover
los intereses de las personas, las empresas, la economía y la sociedad en su
conjunto, especialmente en vista de la importancia fundamental que reviste
alcanzar el pleno empleo, la erradicación de la pobreza, la inclusión social y el
crecimiento económico sostenido en una economía mundializada” y por lo mismo,
se debe constituir en un derecho al que todos los ciudadanos tengan acceso. Para
lograrlo recomienda a los Gobiernos fortalecer el diálogo social como un principio
básico para el “… desarrollo de sistemas y para alcanzar la pertinencia y la
calidad” y a “prestar apoyo a los interlocutores sociales con el fin de habilitarles a
participar en el diálogo sobre la formación”
Referentes nacionales.
NORMA
JURÍDICA
REGLAMENTACIÓN ARTÍCULOS
Constitución
Nacional
Señala la
responsabilidad del
Estado por la
Educación y la
capacitación de los
ciudadanos para su
desarrollo integral.
Art. 27: El Estado garantiza las libertades de
enseñanza, aprendizaje, investigación y
cátedra.
Art. 54: Es obligación del Estado y de los
empleadores ofrecer formación y
habilitación profesional y técnica a quienes lo
requieran. El Estado debe propiciar la ubicación
laboral de las personas en edad de trabajar y
garantizar a los minusválidos el derecho a un
trabajo acorde con sus condiciones de salud.
Art. 67 La educación es un derecho de la
persona y un servicio público que tiene una
función social; con ella se busca el acceso al
conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los
demás bienes y valores de la cultura.
La educación formará al colombiano en el
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