ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Socioeconomia

Diego51129 de Marzo de 2015

597 Palabras (3 Páginas)237 Visitas

Página 1 de 3

LAS SOCIEDADES

Contrato de Sociedad

Las personas se agrupan por medio de un contrato de sociedad. Según el Código de Comercio Art. 98 "por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social". La sociedad, una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados.

La capacidad de la sociedad se circunscribirá al desarrollo de la empresa o actividad prevista en su objeto. Se entenderán incluidos en el objeto social los actos directamente relacionados con el mismo y los que tengan como finalidad ejercer los derechos o cumplir las obligaciones, legales o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de sociedad. (Art. 99 C del Co.)

Clasificación de las Sociedades

De acuerdo con la forma como se asocian, las sociedades pueden ser:

Sociedades de Personas

Se clasifican en:

Sociedad Colectiva:Se constituye por dos o más personas, los socios pueden aportar dinero o bienes y su responsabilidad es ilimitada y solidaria. La razón social se forma con el nombre y / o apellidos de uno o varios socios seguido de la expresión & Compañía, Hermanos, e Hijos u otra análoga (Art. 303 C. de Co.). Ejemplo: ROMERO, PARRA & Compañía. La razón o firma social sólo podrá ser utilizada por las personas facultadas para representar a la sociedad. Esta, a su vez, sólo se obligará por las operaciones que, además de corresponder al objeto social, sean autorizadas con la razón o firma social. (Art. 306 C. de Co).

La administración de la sociedad colectiva corresponderá a todos y cada uno de los socios, quienes podrán delegarlas a sus consocios o en extraños, caso en el cual los delegantes quedaran inhibidos para la gestión de los negocios sociales. Los delegados tendrán las mismas facultades conferidas a los socios administradores por la ley o por los estatutos, salvo las limitaciones que expresamente se les impongan. (Art. 310 C. de Co)

Sociedad en Comandita Simple:

Se forma por dos o más personas, de las cuales por lo menos una tiene responsabilidad ilimitada. Los socios con responsabilidad ilimitada se denominaran socios gestores, y los de responsabilidad limitada socios comanditarios. (Art. 323 C. de Co.); en la razón social debe figurar el nombre o apellido de los socios que tienen responsabilidad ilimitada, seguido de la expresión & Cía. S. en C. (Art. 324 C.de Co.) Ejemplo: Torres & Cía. S. en C.

La administración de la sociedad estará a cargo de los socios colectivos, quienes podrán ejercer directamente o por sus delegados, con sujeción a lo previsto para la sociedad colectiva (Art. 326 C. de Co). Los comanditarios no podrán ejercer funciones de representación de la sociedad sino como delegado de los socios colectivos y para negocios determinados. En estos casos deberán indicar, al hacer uso de la razón social, que obran por poder, so pena de responder solidariamente con los gestores por las operaciones sociales que celebren o ejecuten. (Art. 327 C. de Co).

Sociedad en Comandita por Acciones:En el acto constitutivo de la sociedad no será necesario que intervengan los socios comanditarios; pero la escritura siempre se expresará el nombre, domicilio y nacionalidad de los suscriptores, el número de acciones suscritas, su valor nominal y la parte pagada. La sociedad en comandita por acciones no podrá constituirse ni funcionar con menos de cinco accionistas. (art 343 C. de Co). El capital de esta sociedad estará representado en títulos de igual valor. Mientras las acciones no hayan sido íntegramente pagadas serán necesariamente nominativas. (Art. 344 C. de Co).

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com