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Constitución comentada.


Enviado por   •  12 de Marzo de 2016  •  Informes  •  363 Palabras (2 Páginas)  •  457 Visitas

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Constitución comentada

• Artículo 4. Gobierno de la Nación y separación de poderes.El gobierno de la Nación es esencialmente civil, repúblicano, democrático y representativo. Se divide en Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial. Estos tres poderes son independientes en el ejercicio de sus respectivas funciones. Sus encargados son responsables y no pueden delegar sus atribuciones, las cuales son únicamente las determinadas por esta Constitución y las leyes.

“El gobierno es definido como civil, por lo que quedan proscritas todas las formas de gobierno militar o eclesiástico; republicano, lo que implica la exclusión de la monarquía en cualesquiera de sus formas; democrático, lo que, a contrario, proscribe la dictadura; y representativo, en el sentido de que el pueblo mediante el ejercicio del sufragio escoge a aquellos que fungirán como sus representantes, los cuales manejarán los poderes públicos del Estado en provecho del interés público.” ( constitución comentada por la finjus, pág. 62)

Opinión personal:

El Estado Dominicano se encuentra dividido en tres poderes los cuales están separado uno del otro, es decir que son independiente,teniendo estos funciones distinta, pero sí un mismo objetivo que es el desarrollo y bienestar de la nación, en principio, porque lamentablemente quienes asumen dicho cargo, en su mayoría lo que buscan es el bienestar propio.

• Artículo 10.Régimen fronterizo. Se declara de supremo y permanente interés nacional la seguridad, el desarrollo económico, social y turístico de la Zona Fronteriza, su integración vial, comunicacional y productiva, así como la difusión de los valores patrios y culturales del pueblo dominicano. En consecuencia:

1. Los poderes públicos elaborarán, ejecutarán y priorizarán políticas y programas de inversión pública en obras sociales y de infraestructura para asegurar estos objetivos;

2. El régimen de adquisición y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la Zona Fronteriza estará sometido a requisitos legales específicos que privilegien la propiedad de los dominicanos y dominicanas y el interés nacional.

“El régimen de seguridad y desarrollo fronterizo es inviable si no se asegura el uso sostenible y la protección de los ríos fronterizos, el uso de la carretera internacional y la preservación de los bornes fronterizos que aseguran la intangibilidad de la frontera con la República de Haití.” ( constitución comentada por la finjus, pág. 68 y 69).

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