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Analisis Art 123 Constitucional


Enviado por   •  23 de Febrero de 2015  •  1.962 Palabras (8 Páginas)  •  350 Visitas

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Definiciones

Derecho Laboral.- o el derecho del trabajo es la rama del derecho que regula a las empresas y los establecimientos, el derecho laboral también se encarga de proteger a los trabajadores proporcionándoles un reglamento con el cual puedan defenderse y pedir un reglamento con el cual puedan defenderse y pedir un trato digno un salario suficiente para vivir, días de descansos etc.

Trabajador.- Un trabajador es la persona física (ninguna persona moral puede ser trabajador) que presta sus servicios a otra persona física o moral siendo así un subordinado, esto está inscrito en el artículo 8º. Los servicios que se pueden presentar pueden ser actividades humanas, intelectuales o materiales. La subordinación es la facultad de mando que solo tiene dos restricciones; tiene que rendirse con el trabajo por el que el empleado fue contratado y este debe estar ejército durante la jornada de trabajo.

Patrón.- Es la persona física o moral que tiene uno o más trabajadores a su servicio. El patrón es el que está del otro lado del contrato, este tiene la obligación de cumplir las prestaciones, salario, días de descanso, etc… que está acordado previamente en el contrato que firmó junto con el trabajador o trabajadores. Al patrón también se le conoce como empleador o empresario. Art 10º

Trabajo.- Es el derecho y un deber sociales. No es un artículo de comercio. Art 3º

El trabajo es el régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista u lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la aje nación de las obras contratadas. Art 15º-A.

Intermediario.- Es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón.

Quiere decir que un intermediario es un subordinado del patrón y este es el que se encarga de contratar nuevos trabajadores para la persona física o moral que es el patrón.

Empresa.- Es un complejo jurídico económico y social en el que hay muchos diferentes tipos de intereses, pero el propósito general es tener productividad haciendo que sea redituable prestar sus servicios, es decir, tener algún tipo de ganancia por el servicio, es decir, tener algún tipo de ganancia por el servicio que la empresa en general presta a una o varias personas.

Establecimiento.- Conjunto de Bienes o de servicios coordinados y dispuestos por el empresario a los fines específicos del ejercicio de la empresa. El carácter y mayor o mejor complejidad de los elementos que lo integran depende de la actividad empresarial pretendida. Lo importante es su Conjunción y especial disposición o aviamiento que lo hace apto para la finalidad perseguida.

Salario Mínimo.- Es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo. El salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos, Art 90º.

Trabajador de Confianza.- La categoría del trabajador Depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto.

Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tenga carácter Gral., y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento. Art- 9º.

Art. 182. Las condiciones del trabajo de los trabajadores serán proporcionadas a la naturaleza e importancia de los servicios que presten y no proporcionen y no podrán ser inferiores a los que rijan para trabajos semejantes dentro de la empresa o establecimiento.

Contrato: El contrato se celebre entre la persona física o moral que solicita los servicios y un contratista deberá constar por escrita Art. 15-B

Relación Individual del Trabajo: Se entiende por relación de trabajo cualquiera sea el acto que sea el acto que le de origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario Art.20

Elemento que configura un contrato individual de trabajo.

El Código sustantivo del trabajo en su artículo 23, es más que claro sobre los elementos que configuran el contrato de trabajo y la consecuencia de su configuración: para que haya contrato del trabajo se recuerde que ocurran estos tres elementos esenciales: a) La actividad personal del trabajador es decir, realizada por sí mismo; b) La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador que faculta a este para exigirle el cumplimiento de órdenes en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo e imponerle reglamentos de cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo aquello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obligue a país y c) Un salario como retribuciones del servicio.

Contrato Individual de trabajo.- Cualquiera que sea su forma o denominación es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.

Análisis del Art. 123

Analizando el artículo 123 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, podemos hacer mención de los principios que rigen los derechos de los trabajadores mexicanos, y esto se fue dando con el paso de los tiempos, los movimientos sociales y sus diversos personajes entre los que destaca José María Morelos y Pavón con su obra sentimientos de la nación el cual denota la intención de trabajar para que la naciente nación independiente del dominio español regulara sus relaciones sociales, con el propósito definido por Hidalgo de establecer un gobierno que, como el mismo Morelos lo dijo, “al frente de la nación administre sus intereses, corrija los abusos y restablezca la autoridad e imperio de las leyes” mediante la elaboración de una carta magna, armada, aprobada, publicada y que su aplicación fuera vigilada por mexicanos. Las cuales darían como resultado el Decreto Constitucional para

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