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Arreglo Directo


Enviado por   •  11 de Abril de 2014  •  472 Palabras (2 Páginas)  •  364 Visitas

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AREGLO DIRECTO, CONCILIACION, MEADICIÓN, ARBITRAJE.

AREGLO DIRECTO.

Es un tipo de solución para un conflicto, donde dos o más personas trababan en la solución de un problema o sus diferencias por medio del arreglo directo, o previenen un conflicto futuro, sin la intervención de terceros.

CONCILIACIÓN.

Es mantener un justo equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del capital y del trabajo, en la conciliación se puede resolver en un proceso y además no siempre hay concesiones en la conciliación no hay reconocimiento ni atribución de derechos.

Una declaración de voluntad de quienes son partes en un proceso, por medio de La cual acuerdan zanjar sus diferendos. No es reconocimiento de pretensiones, sino asentimiento mutuo entre las partes con el fin inmediato de rehuir los gastos y molestias de un proceso 0 de no correr el riesgo de una sentencia desfavorable

MEDIACION.

La mediación ofrece la oportunidad de ser maleable a las especiales circunstancias de las partes. Inspira a muchos menos temores ante el formalismo, 10 que redunda en una facilitación del proceso de negociación. Claro que tiene como talón de Aquiles, estar más supeditada a la buena fe de las partes, frente a su contraparte, es decir, la conciliación.

Su actividad respecto de la que desarrolla el conciliador, en que a contrario sensu que el segundo, únicamente busca lograr la armonía entre las partes, no es en esencia propositivo, más allí de tratar de allanar el camino a una solución que deberá ser alcanzada por los directamente involucrados. Por eso su denominación, €I media entre dos posturas encontradas, para que se encuentren los puntos de conexión y se diriman las controversias que pudieren haber surgido. Como ya se dijo, el conciliador va un poco más lejos, su misión es la de zanjar la cuestión sometida a su conocimiento, por el medio más expedito posible, incluso, tomando una participación activa, que se traduce en la formulación de propuestas de arreglo. Por 10 antes expuesto, se considera que 10 oportuno es referirse a los procedimientos en los que un tercero objetivo e imparcial participa

ARBITRAJE.

El arbitraje es un modo de solución del conflicto que surge de acuerdo entre las partes por el cual un tercero ajeno a ellas y desprovisto de la condición de órgano judicial y que además actúa con arreglo al mandato recibido (compromiso arbitral), resuelve la controversia. Por ello puede afirmarse que el arbitraje voluntario en una forma de composición escogida autónomamente por las partes.

•Es una institución jurídica destinada a resolver conflictos sean individuales, colectivos, jurídicos o de intereses.

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