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Beneficios Regla 8a


Enviado por   •  24 de Enero de 2015  •  316 Palabras (2 Páginas)  •  645 Visitas

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Beneficios de importar con la Regla Octava

Fabricante, importe los bienes, partes y componentes en una sola fracción arancelaria y obtenga beneficios impositivos y aduaneros.

Como una forma de promover la productividad nacional, la Secretaría de Economía (SE) implementó el beneficio de la Regla Octava (8va), el cual permite a los fabricantes importar insumos, partes, componentes, maquinaria, equipo y otras mercancías relacionadas con los procesos productivos, particularmente para los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC´s).

El apoyo a los productores es importante, toda vez que a través del mismo podrán importarse, exentas del pago del impuesto general de importación (IGI), mercancías clasificadas en una fracción arancelaria general. Enseguida se presentan diversos aspectos usuales sobre su regulación y los requisitos para solicitar la autorización ante dicha dependencia.

Dónde está regulado

El mecanismo está previsto en la Regla 8va de las Complementarias para la aplicación de la Tarifa contenida en el artículo 1o de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación –LIGIE– (art. 2o, fracción II), cuya publicación se produjo en el DOF del 18 de enero de 2002.

Beneficios

Por medio de la regla 8a, se obtienen los siguientes beneficios:

Aduaneros

Se podrá efectuar la importación:

en una o varias remesas o por una o varias aduanas, de:

insumos, partes y componentes considerándolos como artículos completos o terminados, aun cuando no tengan esas características

artículos desmontados o que no hubieran sido montados, que correspondan a artículos completos o terminados o considerados como tales

de insumos, materiales, partes y componentes de artículos para su fabricación o ensamble en territorio nacional

Arancelarios

Las mercancías se clasifican por la fracción arancelaria del producto completo sin importar su origen o procedencia, y se encuentran exentas del IGI.

IDENTIFICACIÓN ARANCELARIA

Los insumos, partes, componentes, maquinaria, equipo y otras mercancías, sujetas a los beneficios de la Regla 8va, están identificadas en el Capítulo 98 de la LIGIE como “Operaciones Especiales”, aun cuando por su naturaleza, composición, presentación o denominación, pudieran estar clasificadas en otros Capítulos.

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