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“Garcia Avello”


Enviado por   •  3 de Junio de 2017  •  Ensayos  •  1.403 Palabras (6 Páginas)  •  365 Visitas

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“Garcia Avello”

El presente ensayo tiene como tema principal la relación que existe entre los diferentes regímenes de un país en los diferentes estados, en esta ocasión se toma el caso Garcia Avello, en que la situación es la siguiente, una pareja de casados nacidos en diferentes estados que conforman la unión europea, el hombre español y la mujer belga, los cuales tuvieron una familia constituida por dos hijos, estos ambos con nacionalidad belga, la situación de esta familia comenzó con los apellidos que se otorgaron a los hijos, ya que aunque los dos estados pertenezcan a la unión europea, se rigen por diferentes marcos jurídicos por lo que las leyes de ambos difieren en algunos aspectos.

Los principios de este caso comienzan cuando surge la petición por parte de la pareja residente en el Estado en donde es nacida la mujer ya que registran a sus hijos, y en Bélgica se establece en ley que los hijos lleven el apellido del padre, por lo tanto la persona encargada del registro, coloco los apellidos del padre en los hijos, y pasaron a ser Garcia Avello, pero por otra parte, el padre de origen español tiene como costumbre usar ambos apellidos tanto el de la madre, el problema surgió cuando por parte de Bélgica quedan registrados ambos hijos como si fueran hermanos del Sr. Garcia Avello, y por otra parte en la embajada de España en Bélgica quedaron registrados con los apellidos correspondientes a Garcia Weber, en este caso incluyendo ya el apellido de la mujer.

El señor Garcia Avello y su mujer vieron pertinente el hecho de cambiar los apellidos a sus hijos, para que se estableciera oficialmente como Garcia Weber por varias razones, la primera, pensando en el futuro de sus hijos ya que, si alguno de ellos alguna vez quisiera viajar a España a trabajar o hacer alguna actividad a este no se le conocería como Garcia Avello, segundo, con los apellidos establecidos por Bélgica, no se le ve reconocida a la madre y al mismo tiempo al padre se le relaciona como hermanos de sus hijos. El cambio que los papas querían era el cambiar los apellidos de los hijos para que estos quedaran conforme al registro de la embajada de España.

Cuando se presentó la demanda para pedir el cambio de apellidos de los hijos, el estado belga como respuesta dijo, que los hijos habían nacido en el estado belga y habían sido registrados conforme al marco legal que rigen en el estado, además de que residen en el mismo, y alegaron que para que ellos accedieran a un cambio de apellidos deberían de presentar buenas razones, como por ejemplo; que el apellido o nombre que poseía la persona fuera ridículo, ya que el hecho de cambiar los apellidos originales a los que los padres solicitan, es factor para que los hijos corran riesgo de discriminación en el estado belga que así fue como lo plantearon en Bélgica, y por otra parte aunque los nacionales belgas posean una o varias nacionalidades siempre prevalecerá la nacionalidad belga que es en el lugar donde nacieron, y que además se deniega dicho cambio por el hecho de que en Bélgica los hijos llevan el apellido de su padre y deberían de contar con otros motivos para que el Rey concediera al cambio de los apellidos de los hijos.

De acuerdo a la sentencia y a la información brindada por el TJCE[1], los estados de la comunidad europea a los que se ve involucrados en el caso adoptan marcos legales similares en los que, si una persona se encuentra en la situación como la presente, para los dos estados siempre será primario su Derecho, es decir, el Derecho belga en Bélgica y el Derecho español en España, por lo tanto como la solicitud fue presentada en Bélgica, sería el Derecho Belga el que rige, como parte del arreglo por parte de la autoridad belga se le dio la opción a los padres para que se cambiara el apellido de Garcia Avello a solo Garcia, opción que los titulares de los niños rechazaron, debido a que para ellos, aunque sus hijos ya no parecieran sus hermanos, con esa solución se entendería que los hijos solo tiene relación con el papa ya que no se le da algún lazo por parte de la mama, los padres alegaba que si aceptaban esta situación, no se le reconocería a los hijos ninguna lazo o se perdería la tradición por parte de la mama y además se perdería alguna conexión belga, ya que el apellido del padre es acorde a arreglo español.

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