LEASING-FACTOREO-CREDITO REVOLUTIVO
aljarobaInforme25 de Marzo de 2013
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LEASING-FACTOREO-CREDITO REVOLUTIVO
Leasing: es un sistema de arrendamiento de activos que tiene similitud con la adquisición de una deuda para obtener ese activo, el cual se pacta a cierto tiempo o plazo, se paga una cuota periódica y además, llevan consigo el pago de intereses por su uso. Así el sistema crediticio para la deuda y el leasing son casi iguales para los dos.
Tipos de Leasing
1. Operativo: conocido como arrendamiento puro o de servicios.
Mediante este contrato se cede el uso del bien y la empresa debe pagar una cuota mensual de arrendamiento, como un alquiler.
2. Operativo en función Financiera: conocido como arrendamiento capitalizable.
Mediante este tipo de leasing se realiza un contrato en el cual se permite adquirir el bien al finalizar el contrato, mediante una opción de compra preestablecida.
3. Financiero: se realiza similar a un contrato de crédito. No se incurre en gastos legales para la constitución de una prenda y contiene una opción de compra a precio especial.
Factoreo: descuento de facturas.
Mediante el descuento de facturas, la empresa que utiliza este servicio, convierte sus cuentas por cobrar en efectivo, en un plazo prudencial establecido con la entidad con la cual va a realizar el trámite.
Proceso:
1. Se tramita la apertura de una línea de crédito, con la entidad con la que se va a descontar.
2. La empresa realiza el servicio o entrega de mercadería a su cliente (pagador)
3. Envía facturas, con recibido conforme para ser verificadas por la entidad que va a descontar.
4. Se realiza un documento de cesión entre la entidad y la empresa, el mismo indica la cesión de las facturas.
5. Se notifica la cesión al pagador, para que este consigne el pago a favor de la entidad.
6. Una vez recibida la cesión, se realiza el giro a favor de la empresa y según el plazo de pago, se gira el dinero que puede ser hasta el 100% del monto total de las facturas, menos el pago anticipado de intereses.
7. Se recibe el pago de las pago de las facturas, con lo que se cancela la operación de crédito. En caso de cancelación anticipada se le devuelve a la empresa los intereses de los días no consumidos.
Crédito Revolutivo: Este tipo de crédito se otorga a los asociados cuyo giro de negocio es el comercio, agricultura u otra actividad que necesite capital de trabajo en fechas especificas del año. Funciona mediante una línea de crédito aprobada, de la cual el asociado hace retiros a través de desembolsos y al momento de cancelarlos este vuelve a tener ese monto a su disposición.
Banca Privada: La banca privada son las instituciones financieras de propiedad particular que realizan funciones de captación y financiamiento de recursos, persiguiendo con ello una utilidad o beneficio como resultado del diferencial entre las tasas de interés activo y pasivo.
El término "privado" se refiere al servicio al cliente que se representa en una forma más personal que en el mercado masivo de la banca minorista, por lo general a través de los asesores del banco. No se debe confundir con un banco privado, que es simplemente una institución bancaria incorporada. La palabra "privada" también alude al secreto bancario y reducir al mínimo los impuestos mediante la asignación cuidadosa de los activos o al ocultar bienes de las autoridades fiscales.
Banca Pública: Una banca pública es una sociedad cuyo estado es el único propietario. Es pues una sociedad bajo control del estado. El socialismo de hecho un actor esencial del mundo económico, el símbolo de la capacidad de inversión del estado frente al capitalismo privado.
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