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Enviado por   •  4 de Agosto de 2014  •  838 Palabras (4 Páginas)  •  200 Visitas

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FABRICACIÓN, SUMINISTRO Y POSESIÓNN ILEGÍTIMA DE BOMBAS, ARMAS Y MUNICIONES

“El que, ilegítimamente fabrica, almacena, suministra o tiene en su poder bombas, armas, municiones o materiales explosivos, inflamables, asfixiantes o tóxicos o sustancias o materiales destinados para su preparación, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de quince años”.

1. CONCEPTOS PRELIMINARES:

Las armas de fuego, bombas y otros materiales explosivos son susceptibles de provocar la lesión y/o la muerte de ciudadanos y, si esto sucede, la administración de justicia ha de sancionar a los sujetos infractores, mediante los tipos penales de lesiones y homicidio.

En el Perú existe una gran demanda de armas de fuego, esto a su vez supone que debe existir una industria, capaz de satisfacer dicha exigencia. La pretensión de esta orientación legal, es de cerrar todo espacio de impunidad, mediando los efectos preventivo – generales de la pena, por lo que este injusto penal, ya no puede ser llamado lisamente como “Tenencia ilegal de armas”, a partir de la modificación efectuada al artículo 279°, vía la dación del Decreto Legislativo N° 898.

Hablamos de un comportamiento que no devela en puridad un peligro concreto, en cuanto a la verificación de un contexto de lesividad potencial. Sino de una abstracción, que en mérito a un juicio de valoración general, se concluye estas conductas son disvaliosas, de riesgo para la seguridad de las personas.

2. BIEN JURÍDICO:

Es la “Seguridad Pública” en cuanto a la protección del colectivo, frente a conductas que amanecen dicho orden sistémico.

El delito de tenencias ilícita tiene una lesividad propia: el ciudadano tiene derecho a confiar en la fiscalización y control especialmente intenso sobre circulación y uso de instrumentos particularmente peligrosos.

El bien jurídico al ser de naturaleza inmaterial, ha de ser entendido, como un estado de percepción del colectivo, de que conductas así, pueden constituir en una amenaza para la lesión de sus bienes jurídicos fundamentales, de quienes portan y/o fabrican armas, al margen de la legalidad.

3. VERBOS TÍPICOS Y OBJETO MATERIAL DEL DELITO.

a. Fabricar: La Convención Interamericana contra la fabricación y tráfico ilícito de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados de 1997, define lo siguiente: “la fabricación o el ensamblaje de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados a partir de componentes o partes ilícitamente traficados o sin licencia de una autoridad gubernamental componente del Estado parte donde se fabriquen o ensamble,; o cuando las armas de fuego que lo requieran no son marcadas en el momento de la fabricación.

En tal sentido, se considera fabricante a toda persona natural o jurídica dedicada expresamente

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