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Tipos De Cartas De Credito


Enviado por   •  31 de Agosto de 2014  •  448 Palabras (2 Páginas)  •  318 Visitas

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Cartas de crédito: Cláusulas usuales (Roja,Verde,Transferible).

Una carta de crédito es un documento financiero expedido a favor de un exportador por un banco, a solicitud y bajo la responsabilidad del comprador extranjero, para permitir la venta de artículos en términos y condiciones específicas de pago.

Esta operación puede garantizarse mediante la intervención de otro banco (confirmante), que le informa sobre la expedición de una carta de crédito y puede agregar su confirmación, garantizando por tanto el pago en contra del riesgo de incumplimiento del banco expedidor.

Cláusula Roja (Red clause): La inclusión de esta cláusula en la carta de crédito prevé pagos anticipados al beneficiario (exportador) por una parte o el valor total de la carta de crédito antes de que la mercadería sea embarcada. El pago se realiza contra la presentación de un simple recibo. Por su naturaleza muy especial las cartas de crédito con esta cláusula, generalmente se utilizan cuando hay una estrecha relación de negocios entre el importador y el exportador, ya que existe el riesgo de que el exportador pueda girar un anticipo y no embarcar la mercadería.

Cláusula Verde (Green clause): Tiene los mismos alcances de la cláusula roja, excepto que bajo la carta de crédito emitida con cláusula verde el pago anticipado es efectuado contra presentación de un certificado de depósito o warrant, que asegure que la mercancía (total o parcial) está a disposición del ordenante (comprador). Esta cláusula tiene un menor riesgo para el comprador.

Transferible: Este tipo de carta de crédito se configura mediante la inclusión de una cláusula adicional específica, en base a la cual se establece que la misma puede transferirse parcial o totalmente, (dependiendo de si los embarques parciales estén permitidos o no) a favor de otro, que en muchos casos es el productor de la mercadería.

El beneficiario puede solicitar transferencias a favor de segundos beneficiarios hasta por el valor total de la carta de crédito original, las mismas que sólo pueden ser efectuadas por el Banco Confirmador, si lo hubiere, o por el Banco expresamente designado para tal fin. El primer beneficiario de ser el caso podrá sustituir sus propias facturas a cambio de las del segundo beneficiario, por importes que no excedan el valor y precios unitarios de la carta de crédito original.

Rotativo

Como su nombre lo indica, es un crédito que al ser utilizado, su monto se reinstala automáticamente a las condiciones originales.

Pantalla Como su nombre lo indica se trata de un crédito falso ya que el ordenante, no sabe en el momento de su apertura si le convendrá o no que sea utilizado, razón por la cual incluirá en el mismo, cláusulas que imposibiliten al beneficiario su utilización inmediata, tales como facturas comerciales debidamente firmadas.

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