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ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL DE OBRA


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2019  •  Ensayos  •  1.035 Palabras (5 Páginas)  •  725 Visitas

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ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL DE OBRA

PROYECTO SANTA FE.

En la ciudad de Bogotá, D.C., siendo las [------] horas del día veintiséis (30) de marzo de dos mil doce (2012), los representantes de Kellogg de Colombia S.A. (en adelante, Kellogg Colombia),        Claudia Panqueva y Héctor Plazas López, con el objeto de realizar la entrega y recibo definitivo de las obras y servicios ejecutados por parte del contratista, la Unión Temporal Constructopo Ltda. - Estahl Ingeniería S.A.S., representada por Héctor Plazas López e Iván Montalvo Joya, se reciben los trabajos consistentes en:

 

CONSTRUCCION OBRA CIVIL Y ESTRUCTURA METALICA “PROYECTO SANTA FE”

Valor total (con I.V.A. Incluido) del Contrato de Obra =  $5.235.000.000,00

Inicio de ejecución de la Obra: 28 de diciembre de 2010.

Termino de ejecución de la Obra: Agosto de 2011.

Inicio real de la Obra: Enero 4 de 2011.

Fecha de terminación real de la Obra: Noviembre 2011.

Valor Total de la Obra =         $5.504.300.000,00

Deducciones=                $ 264.300.000,00

Valor  Final de la Obra =         $5.240.000.000,00

.El contratista declara que los bienes empleados en la obra  son nuevos y de la calidad solicitada por Kellogg Colombia.

El contratista declara que las zonas donde se ejecutaron las obras se encuentran libres de sobrantes, así como correctamente perfiladas y aseadas en todas sus partes, quedando en condiciones de ser entregadas a entera satisfacción de Kellogg Colombia.

El contratista y Kellogg Colombia declaran, que se entregan los planos correspondientes a la construcción final así como los manuales e instructivos de operación y mantenimiento correspondientes y certificados de garantía de calidad y funcionamiento de los bienes instalados. Se hace constar de que el archivo de documentos derivados de la realización de los trabajos fue entregado a la residencia de obra.

Una vez recorrido e inspeccionado el sitio de la obra por los representantes de Kellogg Colombia, y habiendo verificado que la obra se encuentra terminada y funcionando, de acuerdo con la finalidad y destino de su ejecución según las especificaciones técnicas y del proyecto de inversión ejercido, la obra esta en condiciones de ser recibida.

Las cantidades de obra y valores son los que se relacionan en el anexo adjunto de acta de recibo final de obra.

Esta acta no exime de responsabilidad al contratista por los defectos y vicios ocultos de la obra que puedan surgir en el transcurso de dos años contados a partir de la suscripción de la presente acta ( por causas estructurales  y de  estabilidad y no  por  causas  debidas a las  obras entregadas con deficiencias  de  calidad las  cuales  fueron deducidas de la  obra ejecutada), de conformidad con lo establecido en el artículo 2060 del código civil colombiano, obligándose a corregir las deficiencias detectadas sin costo alguno para Kellogg Colombia por concepto de defectos y vicios ocultos. Adicionalmente, el contratista durante este acto exhibe la póliza de estabilidad de la obra, expedida por institución legalmente autorizada, y debidamente vigente.

En todo caso, el contratista no se eximirá de la responsabilidad contractual ni extracontractual que pueda surgir y le sea imputable, derivada o con ocasión al Contrato de Obra.( siempre y cuando no corresponda a la obra  que  se  dejó de ejecutar según acuerdo)  

Por medio del presente documento, el contratista declara que se encuentra a paz y salvo con todos sus trabajadores, subcontratistas y terceros relacionados. en todo caso, el contratista se obliga a resarcir a Kellogg Colombia, sus filiales o representantes, defenderlo y ampararlo de cualquier responsabilidad, daño o perjuicio, por causa de reclamos o demandas que surjan del desempeño de las actividades comerciales del contratista que se deriven del contrato, ya sean interpuestas por los subcontratistas, trabajadores o de terceras personas o entidades gubernamentales. Para ello, Kellogg Colombia dará aviso oportuno al contratista; de no actuar el contratista de acuerdo con la obligación aquí prevista, Kellogg Colombia podrá efectuar, por cuenta del contratista, todos los pagos que sean necesarios y proceder a las compensaciones, retenciones o ejecuciones de garantías constituidas con ese propósito.

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