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Actividad Financiera Del Estado


Enviado por   •  20 de Mayo de 2015  •  1.583 Palabras (7 Páginas)  •  127 Visitas

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Finanzas Públicas:

Se conoce como finanzas (del francés finance) al estudio de la circulación del dinero. Esta rama de la economía se encarga de analizar la obtención, gestión y administración de fondos. Lo público, por su parte, hace referencia a aquello que es común a toda la sociedad o de conocimiento general.

Las finanzas públicas están compuestas por las políticas que instrumentan el gasto público y los impuestos. De esta relación dependerá la estabilidad económica del país y su ingreso en déficit o superávit.

El Estado es el responsable de las finanzas públicas. El principal objetivo estatal a través de las finanzas públicas suele ser el fomento de la plena ocupación y el control de la demanda agregada.

La intervención del Estado en las finanzas, por lo tanto, se da a través de la variación del gasto público y de los impuestos. El gasto público es la inversión que realiza el Estado en distintos proyectos de interés social. Para poder concretar las inversiones, es decir, mantener el gasto público, las autoridades deben asegurarse de recaudar impuestos, que son pagados por todos los ciudadanos y empresas de una nación.

Clasificación de recursos:

ORDINARIOS: Son los recursos que se perciben en forma regular y continua y se destina a cubrir gastos previstos en el presupuesto financiero.

EXTRAORDINARIOS: Son los recursos que se perciben en forma discontinua y que se destinan a cubrir gastos extraordinarios.

ORIGINARIOS: El Estado los obtiene por explotación de su patrimonio por actividad productiva o por servicios prestados. No existe un pago compulsivo sino que se paga un precio por el servicio prestado.

Ordinarios: ingresos que obtienen las empresas del estado, que realzan actividades similares a las privadas y/o arrendamiento de elementos de su patrimonio.

Extraordinarios: estos se basan en la venta de benes de propiedades del Estado /tierras fiscales, inmuebles, yacimientos mineros, etc)

DERIVADOS: Son los que derivan de los particulares hacia el Estado. El Estado toma parte de la riqueza de los particulares como recursos para su actividad.

Ordinarios: Recursos tributarios: impuestos, tasas y contribuciones que el Estado impone en forma coercitiva.

Extraordinarios:

a) Recursos del crédito público. Empréstito que el Estado obtiene mediante la emisión de títulos públicos, bonos, etc.

Préstamos voluntarios: cuando los prestamistas adquieren esos bonos voluntariamente, con el ánimo de obtener una renta.

Forzosos: cuando el Estado obliga a los particulares a hacer el préstamo. Ejemplo: el ahorro obligatorio que fue devuelto a valores ínfimos.

b) Recursos tributarios: impuestos extraordinarios.

Presupuesto Nacional

Forma

El Presupuesto Nacional es la LEY anual que sanciona el Congreso, donde planifica los ingresos que recibirá el Gobierno y cómo se aplicarán para satisfacer las necesidades de la población: salud, seguridad, justicia y educación, entre otras.

El ejercicio financiero del sector público nacional abarca un año calendario (desde el 1°de enero al 31 de diciembre de cada año).

El presupuesto es confeccionado por el Poder Ejecutivo quien lo envía a la Cámara de Diputados del Congreso Nacional y luego pasa a la de Senadores.

Cuando es aprobado, vuelve al Poder Ejecutivo para que lo ponga en práctica.

El presupuesto nacional debe ser aprobado antes del 1° de enero de cada año, momento que entra en vigencia. En su defecto se utiliza el presupuesto del año anterior, hasta que esté listo el nuevo.

Recursos tributarios

Los recursos tributarios son medios de defensa que los contribuyentes pueden utilizar cuando consideren que un acto que el Estado le esté imputando no se esta dando dela manera apropiada.

Recurso de Reconsideración

Un contribuyente u obligado podrá solicitar una reconsideración a la administración tributaria cuando considere incorrecta o injusta la estimación de sus rentas o de los ajustes que se le realicen a su declaración de impuestos o si no estuviera de acuerdo con cualquier otro impuesto. Esta deberá hacerla por escrito en los 20 días siguientes a la fecha de recibir la notificación.

Recurso Jerárquico

Cuando un contribuyente no esté de acuerdo con la resolución de la administración tributaria puede recurrir a la secretaría de finanzas dentro de quince (15) días siguientes a la notificación de dicha resolución agregando al escrito que contenga su recurso, los documentos y argumentos que creyere útiles de la prueba o defensa de sus pretensiones.

LEER EL DOCUMENTO COMPLETO

Definición de sistema impositivo

Conjunto de medidas encaminadas

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