Alegato de apertura
ljdwdqfbjkEnsayo23 de Octubre de 2022
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ALEGATO DE APERTURA.
“No hay mejor testigo que el papel escrito”
El derecho civil es la rama del derecho que comprende normas de tipo jurídicas que se encargan de regular las relaciones entre las personas o de tipo patrimonial, las cuales pueden ser voluntarias o forzosas, tanto físicas o jurídicas, privadas o públicas.
El 6 de septiembre del 2022 se dio a conocer en clase la división de poderes marcado en el artículo 49 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, estos están divididos en tres, en primer lugar se encuentra el poder legislativo, citado en el artículo 50 al 79 de nuestra constitución, este se encarga de elaborar las leyes las cuales se citan en el código civil, este está conformado por una cámara de diputados y otra de senadores, tenemos también en el artículo 80 al 93 el poder ejecutivo que se encarga de contratos y acuerdos (administra las leyes), también quien se encarga de dirimir controversias es el poder judicial, citado en el artículo 94 al 109 de la constitución .
Martes 6 de septiembre del 2022, pudimos conocer que el derecho está dividido en tres que son el público que se dirige del estado a particular, el privado es entre dos particulares y el social que es donde el estado se dirige a grupos vulnerables, este mismo día nos enteramos que a nivel federal había veinticuatro secretarias.
Jueves 8 de septiembre del 2022, dominamos la pirámide de Kelsen que representa gráficamente el sistema jurídico escalonado, esta tiene cinco niveles en el más bajo que es el 1 nivel encontramos las NORMAS individuales, en segundo lugar está el reglamento, está en 3 estancia las leyes locales (estatales), después en cuarto lugar están las leyes federales, por último en primer lugar está la CONSTITUCION Y TRATADOS INTERNACIONALES, también se dio a conocer en clase que era la convención internacional de derechos humanos CIDH es el órgano principal y autónomo de la organización de los estados americanos OEA se encarga de la promoción y protección de los derechos humanos dentro del continente americano.
El día lunes 12 de septiembre del 2022 se investigó que era el diario oficial de la federación (DOF) que como pudimos aprender tiene la función de publicar en el terreno nacional leyes, reglamentos, acuerdos y demás actos expedidos por los poderes de la federación, también descubrimos que la gaceta oficial es el medio de comunicación escrito del estado, se utiliza para publicar normas jurídicas.
El miércoles 14 de septiembre del 2022 pudimos observar que en el artículo 25 de nuestro código civil del estado de Veracruz se menciona a las personas que es el ser capaz de tener derechos u obligaciones, en el artículo 26 y 27 de nuestro código adjetivo de la materia podemos ver que se menciona la persona física y la persona moral, la persona física es todo ser humano nacido, vivo o viable y la persona moral es toda entidad a la que la ley reconoce personalidad jurídica propia, distinta de sus componentes.
En el artículo 37 al 43 de nuestro código adjetivo de la materia nos menciona el domicilio que en pocas palabras es el medio de localización de la persona, donde vive y ejerce sus derechos u obligaciones, pero en el artículo 37 se refiere específicamente al domicilio de las personas físicas que es el lugar donde se establece y a falta de este, el lugar donde tiene principal asiento o donde se halle, en el artículo 39 del ya mencionado, nos cita el domicilio legal de la persona, es el lugar donde la ley fija su residencia para ejercer derechos y cumplimiento de obligaciones aunque el hecho no esté ahí presente.
También mencionamos el nombre citado den nuestro código civil del estado de Veracruz en el artículo 44 y 45, toda persona física o moral debe tener un nombre determinado y tiene derecho exclusivo a él, en los artículos 46 al 55 del antes mencionado podremos observar que se cita el nombre de las personas físicas, dentro del articulo 50 podremos ver que se menciona sobre el nombre de los adoptados y en el 52 de los expósitos, del articulo 56 al 58 está el nombre de las personas morales, del 59 al 74 está el cambio de nombre.
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