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Aviso De Rescicion De Contrato


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2012  •  656 Palabras (3 Páginas)  •  638 Visitas

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Junta Local de Conciliación y Arbitraje

Del Estado de Jalisco

Presente:

SANDRA NOEMI REYES CHAVEZ, en mi carácter de Dueña de la empresa Bella Cera DEDICADA A TRATAMIENTOS DE HIGIENE Y BELLEZA PARA PERSONAS, UBICADA MISION SANTO TOMAS 1191 AV TEPEYAC Y AV GUADALUPE COL RESIDENCIAL PLAZA GUADALUPE Y CON DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES EN LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO 799 2da PLANTA DE LA CALLE PEDRO LOZA AL CRUCE CON LA CALLE JESUS GARCIA DE LA COLONIA ALCALDE BARRANQUITAS, EN LA MUNICIPALIDAD DE GUADALAJARA, JALISCO, acudo para hacer de sus conocimientos que a partir del día 22 de Junio del año en curso, queda Rescindido el Contrato Individual de Trabajo y/o Relación Laboral entre Lumela Paola Acosta Ayala y Patricia Maricruz Acosta Ayala y la suscrita, sin responsabilidad para el Patrón, ya que las trabajadoras antes mencionadas han incurrido en las siguientes causales de RESCISIÓN DE RELACIÓN LABORAL contempladas en las fracciones II, X y XII del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo;

El martes 12 de Junio de 2012, se tuvo una plática con la Srita. Paola acerca de una queja por parte de un cliente, la que argumenta quemaron en la parte de atrás de la rodilla a su hija pequeña. Dicha clienta, nos solicitó el pago de la consulta con el dermatólogo ($700) y el medicamento ($298) que le recetaron para poder resolver el problema de su hija, dando un total de $998.00…

Acordamos con LUMELA PAOLA ACOSTA AYALA, el platicar con el cliente para dividir el costo generado por la negligencia en 3 partes, hacernos responsables: Bella Cera, LUMELA PAOLA ACOSTA AYALA, Cliente a lo cual Paola aceptó dicho trato haciéndose responsable de la negligencia.

Lo cual lo consideramos como Negligencia por parte de la trabajadora Paola, por lo que procedimos a hacerle mención ya que no era la primera queja que recibíamos sobre ella.

El sábado 16 de Junio ambas chicas LUMELA PAOLA ACOSTA AYALA y Patricia Maricruz Acosta Ayala llegaron 20 minutos tarde a trabaja, al retirarse de sus actividades 16:45 pm, se dirigieron conmigo para exigir pago de horas extras, ya que ese día por un mal manejo de agenda se retrasaron las citas y tuvimos que salir más tarde, el horario de salida: 16:00 pm, ese día se les pagó las Horas Extras.

La Srita. Paola me comentó que había platicado con su novio y un abogado cuestionando el por qué no tienen IMSS a lo que les contesté, desde el INICIO de sus Labores en Esta Empresa que Tendrían Servicio Particular Por la Comodidad de Mis Trabajadores, Paola me amenazó diciendo textual “Entonces para ver eso y demandar”.

Les pedí las llaves del negocio ya que yo no tenía mis llaves y

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