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Bodegaje


Enviado por   •  24 de Junio de 2013  •  Informes  •  452 Palabras (2 Páginas)  •  230 Visitas

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ARTICULO 28º. Todo permiso que se solicite bajo cualquier circunstancia, deberá estar respaldado por el respectivo comprobante de permiso en uso en la empresa.

ARTICULO 29º. Todos los permisos deberán ser solicitados con la debida anticipación, con la salvedad del permiso que se pide ante situaciones imprevistas que se les puedan presentar a los trabajadores.

ARTICULO 30º. Ningún trabajador podrá autorizar sus propios permisos, deberá acudir siempre a la jefatura superior.

Los permisos que se soliciten por horas, durante y antes del inicio o término de la jornada de trabajo serán autorizados directamente por el jefe correspondiente.

ARTICULO 31º. Todo permiso podrá ser compensado con trabajo fuera del horario normal, siempre y cuando sea pactado mediante compromiso escrito y firmado entre las partes, vale decir jefatura y trabajador afectado, con la debida anticipación y determinación de la forma en que se procederá.

ARTICULO 32º. “Los trabajadores con más de un año de servicio, tendrán derecho a un feriado anual de quince días hábiles, con remuneración integra que se otorgará de acuerdo con las formalidades que establezca este reglamento.

Los trabajadores deberán solicitar por escrito en los formularios correspondientes el feriado anual a que tengan derecho en conformidad a las disposiciones legales.

Aceptado el feriado por la jefatura respectiva del trabajador, la solicitud será autorizada de acuerdo con el tiempo de servicio.

Tanto la solicitud como la autorización del feriado serán registrados en la carpeta personal de cada trabajador.

ARTICULO 33º. Si el trabajador por cualquier motivo dejare de prestar servicios a la empresa antes de cumplir el año de trabajo, se le cancelará el feriado en proporción al tiempo trabajado incluida, la fracción de días del mes en que ocurra el término de contrato.

ARTICULO 34º. El feriado deberá ser continuo, pero el exceso sobre 10 días hábiles podrá fraccionarse de común acuerdo entre las partes, así también el feriado podrá acumularse por acuerdo de las partes hasta por dos períodos de feriados consecutivos. Las partes en común acuerdo, podrán acumular el feriado legal hasta por dos periodos consecutivos, debiendo solicitarlo el trabajador por escrito. La autorización de postergación será ingresada a la carpeta personal del trabajador

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