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COFIPE


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2012  •  Trabajos  •  885 Palabras (4 Páginas)  •  326 Visitas

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COFIPE

El Instituto Federal Electoral (IFE) es el responsable de cumplir con la función estatal de organizar las elecciones federales de México, es decir, las relacionadas con la elección del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y de los Diputados y Senadores que integran el Congreso de la Unión. Es la máxima autoridad administrativa en la materia electoral en los Estados Unidos Mexicanos.

Técnicamente es un órgano constitucional autónomo pues, al igual que los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, nace directamente de la Constitución Política de México (fracción V del artículo 41). Atento a esa característica, es autónomo en sus decisiones y cuenta con patrimonio y personalidad jurídica propios. Inició sus operaciones el 11 de octubre de 1990.

En agosto del 2007 los diputados acordaron remover a los consejeros del IFE (consejeros electorales) y ampliar las facultades de fiscalización, así como nuevas atribuciones en materia de radio y televisión, respecto a la propaganda electoral.

Desde su creación, una de sus características fundamentales ha sido la profesionalización de la función ejecutiva y técnica electoral, de manera que desde el artículo 41 de la Constitución del 6 de abril de 1990 se estableció que los órganos ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario para prestar el servicio profesional electoral, que se trata del único servicio civil de carrera reconocido constitucionalmente en México.

Este elemento fundamental de la composición del Instituto Federal Electoral le dió un sentido de permanencia y especialización a la función electoral, de manera que a diferencia de los módelos de organización electoral previas al Instituto Federal Electoral, en donde los órganos electorales se integraban cada que había elecciones con personal improvisado y sin la adecuada experiencia, lo que podía implicar parcialidad en la función electoral, fue transformado en un servicio profesional electoral que fortalece la actuación imparcial, más allá inclusive de los cambios que se puedan dar en el máximo órgano de dirección.

En 1994 se llevó a cabo un proceso de ciudadanización de los Consejeros, que forman parte del máximo órgano de dirección, de manera que ya no fuera requisito ser abogado para ser Consejero, lo que tuvo como consecuencia el cambio de nombre del cargo de Consejero Magistrado por el de Consejero Ciudadano.

En 1996 se discutió si los Consejeros representaban a la ciudadanía y a cuál ciudadanía, puesto que los partidos políticos son representantes de diversos sectores de la ciudadanía, por lo que se llegó a la conclusión de que se buscaba la profesionalización de la función directiva electoral, de manera que se reemplazó la denominación de Consejero Ciudadano por la de Consejero Electoral, que aún se conserva.

Las disposiciones de este Código son de orden público y de observancia general en el territorio nacional y para los ciudadanos mexicanos que ejerzan su derecho al sufragio en el territorio extranjero en la elección para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

Este Código reglamenta las normas constitucionales relativas a:

a) Los derechos y obligaciones político-electorales de los ciudadanos;

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