ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Colocacion E Imputacion


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2013  •  530 Palabras (3 Páginas)  •  272 Visitas

Página 1 de 3

IMPUTACIÓN: Es un concepto que a diario utilizamos; como por ejemplo, cuando alguien nos dice, me debes equis cantidad de dinero y le contestamos: impútalo a la deuda que tienes conmigo... y no te debo nada.

La doctrina nos da dos puntos de vista de la imputación:

IMPUTACIÓN PROPIA: Es la obligación del legitimario que pida la reducción de las donaciones y disposiciones testamentarias hechas por el causante a favor de otros (coherederos o extraños), de calcular, cuanto ha recibido el mismo del difunto a título de donación o legado e imputar su cuota a la legítima. Art. 1.108 C.C. "No obstante las disposiciones de los artículos 1.088 y 1.096, el donatario o legatario que tenga derecho a la legítima, y que pida la repudiación de las liberalidades hechas a favor de un donatario, de un coheredero o de un legatario, aunque sea extraño, como excedente de la porción disponible, debe imputar a su legítima las donaciones y legados que se le hayan hecho, a menos que se le haya dispensado formalmente de tal imputación. Sin embargo, la dispensa no tiene efecto en perjuicio de los donatarios anteriores".

En este caso es la obligación de cualquiera de los hijos o descendientes, que al momento de solicitar que alguno de los restantes coherederos traiga a colación un bien que le fue dado en donación, está obligado igualmente, para calcular su legítima, a llevar todos los bienes que el causante le haya donado a su masa patrimonial personal para luego descontarlo como parte de su legítima. Supóngase que el causante tenía tres hijos (A, B, C). a "A" el padre le donó en vida un inmueble y un vehículo; de igual manera a "C" le donó (en vida) un inmueble y una moto; pero "A" se percata de que el apartamento de "C" es mucho más costoso que el suyo; por lo que pide que "C" traiga a colación sus bienes; cosa que puede pedir, pero de la misma manera estará obligado a traer los bienes que a él también le donó su causante a la masa hereditaria y a contar dichos bienes como si fueran parte de su legítima. "B" se beneficia que sus coherederos traigan a colación sus bienes.

IMPUTACIÓN VERDADERA: Es un modo de colacionar, tal como se evidencia en el Art. 1.097 C.C. "La colación se hace, sea presentando la cosa en especie, sea que se impute su valor a la respectiva porción, a elección del que hace la colación".

Por ejemplo, tenemos en este momento, a un padre con tres hijos: A, B y C. a "A" cuando el padre vivía le donó dos apartamentos; pero, además de éstos, la herencia cuenta con una cantidad importante de dinero que supera con creces el valor de los dos apartamentos donados a "A". "A", tendrá dos formas de colacionar esos bienes (apartamentos).

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com