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Cooperativa


Enviado por   •  24 de Marzo de 2013  •  339 Palabras (2 Páginas)  •  228 Visitas

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COOPERATIVAS

Según la Ley General de Cooperativas, las cooperativas de ahorro y crédito son aquellas "cooperativas de servicio que tengan por objeto único y exclusivo brindar servicios de intermediación financiera en beneficio de sus socios".

Para ello, entre otras actividades, pueden recibir depósitos de sus socios y de terceros; contraer préstamos con instituciones financieras nacionales o extranjeras y otorgar préstamos a sus socios, que se encuentren amparados por garantía hipotecaria.

Para hacerlo, este tipo de cooperativas deben tener un mínimo de 50 socios, contar con un comité de crédito que revise las operaciones que se realizan y contar con un patrimonio que no podrá ser inferior a 1.000 unidades de fomento.

Sin embargo, si quieren hacer otro tipo de operaciones tales como emitir y operar tarjetas de crédito para sus socios o dar préstamos, deberán aumentar su capital hasta 400.000 Unidades de Fomento y quedar bajo la fiscalización y control de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

Todo lo anterior está regulado en los Artículos 86 al 90 de la Ley General de Cooperativas.

COOPERATIVAS

Según la Ley General de Cooperativas, las cooperativas de ahorro y crédito son aquellas "cooperativas de servicio que tengan por objeto único y exclusivo brindar servicios de intermediación financiera en beneficio de sus socios".

Para ello, entre otras actividades, pueden recibir depósitos de sus socios y de terceros; contraer préstamos con instituciones financieras nacionales o extranjeras y otorgar préstamos a sus socios, que se encuentren amparados por garantía hipotecaria.

Para hacerlo, este tipo de cooperativas deben tener un mínimo de 50 socios, contar con un comité de crédito que revise las operaciones que se realizan y contar con un patrimonio que no podrá ser inferior a 1.000 unidades de fomento.

Sin embargo, si quieren hacer otro tipo de operaciones tales como emitir y operar tarjetas de crédito para sus socios o dar préstamos, deberán aumentar su capital hasta 400.000 Unidades de Fomento y quedar bajo la fiscalización y control de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

Todo lo anterior está regulado en los Artículos 86 al 90 de la Ley General de Cooperativas.

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