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DESISTIMIENTO Y CADUCIDAD DE LA INSTANCIA


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2013  •  755 Palabras (4 Páginas)  •  1.758 Visitas

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DESISTIMIENTO Y CADUCIDAD DE LA INSTANCIA.

Contenido

INTRODUCCIÓN: 1

C) Desistimiento y renuncia 1

D) Caducidad 2

CONCLUSIÓN: 3

BIBLIOGRAFIA: 3

INTRODUCCIÓN:

Es por falta del interés jurídico de parte del quejoso, puede expresarse en el desistimiento del quejoso, o por la muerte del mismo.

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA: Es la falta de interés jurídico por parte del quejoso, en el negocio judicial, o los vicios de que está afectada la acción deducida.

EL SOBRESEIMIENTO POR DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE AMPARO

Cuando falta el interés jurídico del gobernado para su prosecución, circunstancia ésta que se manifiesta en el desistimiento expreso de la demanda, sin que importen los motivos que el gobernado tuvo para ello.

C) Desistimiento y renuncia

Tanto el desistimiento como la renuncia determinan la terminación del procedimiento por causa imputable al interesado. La diferencia entre uno y otras se deduce de su distinto objeto:

 El desistimiento se refiere sólo a la instancia administrativa que se hubiere iniciado, renunciando a ésta, pero no al derecho que motivó la pretensión, de modo que, al no haber renunciado al derecho material, se podrá reproducir la instancia en otro momento.

 En la renuncia se abdica no sólo la instancia, sino también al derecho material a que se refiere, de manera que, al haber renunciado al derecho o pretensión de fondo, no se podrá reproducir la instancia ante la Administración.

Todo interesado podrá desistir o renunciar a su derecho, tanto oralmente como por escrito. Tanto el desistimiento como la renuncia podrán hacerse por cualquier medio que permita su constancia.

El desistimiento de la instancia o la renuncia del derecho determinan la conclusión del procedimiento. Sin embargo existen las siguientes excepciones:

 Que la cuestión suscitada por la incoación del procedimiento entrañase interés general o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento, en cuyo caso la Administración puede exigir la continuación del mismo hasta dictarse la correspondiente resolución.

 Que, habiéndose personado en el procedimiento terceros interesados, instasen éstos su continuación en el plazo de 10 días desde que fueron notificados del desistimiento.

Si el escrito de iniciación del procedimiento se hubiere realizado por dos o más interesados, el desistimiento o renuncia solo afectará a quienes lo haya formulado.

D) Caducidad

La caducidad se produce por la paralización del procedimiento por un plazo

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