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DOCUMENTOS PREVIOS

gudely20Ensayo29 de Mayo de 2014

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DOCUMENTOS PREVIOS

El Ministerio de Industrias y Productividad, MIPRO, emitirá los certificados para la importación a una Zona Franca especialmente de materiales que se utilicen para la construcción, siempre y cuando no se produzcan en el país o haya insuficiencia de producción nacional.

En su parte medular, la disposición ministerial faculta a la Subsecretaría de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica, previa solicitud de los administradores y/o operadores (usuarios) de Zonas Especiales, a emitir dichos certificados.

TRANSMISION ELECTRONICA DE DATOS AL SISTEMA INTERACTIVO DE COMERCIO EXTERIOR SICE

De conformidad con el Art. VIII.2 del reglamento a la Ley de Zonas Francas , las empresas administradoras deben llevar, mediante sistemas informáticos la información que a continuación se detalla, la misma que debe ser transmitida en línea al CONAZOFRA, SENAE y al SRI.

a) Los ingresos y egresos de mercancías de la zona franca con identificación del origen y del destino.

b) Los cuadros de integración de las materias que van a ser convertidas en productos intermedios o finales en las zonas francas

c) Las operaciones de procesamiento parcial a las que se refiere el artículo 33 de la Ley de Zonas Francas.

d) Los cambios de régimen que se autoricen

e) Los inventarios de sus usuarios

f) Las transacciones libres de impuestos realizados y

g) Las ventas al detalle realizadas dentro del territorio de la ZEDE con la identificación de los compradores.

Teniendo como antecedente la norma invocada, la SENAE en el desarrollo de la interconexión electrónica necesaria para el cabal cumplimiento de dicha disposición reglamentaria los datos descritos que deberán ser transmitidos al Sistema Interactivo de Comercio Exterior para un control de ingresos y salidas de las mercancías desde o hacia una ZEDE.

En tal virtud y conforme ha sido requerido por la autoridad aduanera se solicita adecuar y preparar las herramientas informáticas que permitan la transmisión electrónica de autorizaciones de ingreso y salida hacia y desde ZEDE, ingresos y egresos de mercancías, inventarios, transmisión de carga de saldos iniciales, transmisión de información de usuarios y cuadros de integración.

CONCLUSIONES:

Cumpliendo con el requisito previo de importador/exportador en la Aduana del Ecuador, nosotros podemos hacer uso de la importación o exportación desde y hacia una Zona de Desarrollo Económica siempre y cuando se cumplan con los objetivos de una intancia en una ZEDE, los precedimientos son claros y el requisito más importante para el ingreso a una ZEDE es el Código de Autorización previo la solicitud a petición del interesado.

Debemos tener en cuenta el cumplimiento de los requisitos previos así como el de los docuemntos previos ya que tales mercancías también están sujetas a un procedimiento aduanero, y el incumplimiento de este procedimiento será causa de una sanción o multa de acuerdo al reglamento del Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones.

Tomar en cuenta que aun se encuentra en vigencia la Ley de Zonas Francas aplicadas a las ZEDES.

BIBLIOGRAFÍA

Cita bibliográfica 1 " ZONAS FRANCAS COMO MECANISMO DE INCENTIVOPARA LA INVERSION EN EL ECUADOR.- por Yamile Carlota Arcos García, Angie Carolina Escalante Flores. Guayaquil-Ecuador 2009"

Sitio Web de la Aduana del Ecuador www.aduana.gov.ec

Sitio Web del Ministerio de Industrias

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