De La Rosa Vidal Carlos
juanka121 de Noviembre de 2013
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1. INTRODUCCIÓN
España por su posición de frontera sur de la Unión Europea se ha convertido no sólo en un país de destino de fl ujos migratorios
extracomunitarios, sino también en un país de tránsito
de emigrantes a otros estados europeos comunitarios.
Actualmente, uno de los fl ujos de inmigrantes de mayor
impacto social y mediático por su dimensión más trágica
de pérdidas de vidas humanas es el procedente del continente
africano, y en particular de los estados subsaharianos,
que arriba a las costas españolas y a las de otros
países europeos, como Italia (Lampedusa), Grecia (islas
orientales), Malta o Chipre, a través de frágiles embarcaciones
marítimas. Estos fl ujos alcanzaron su punto más
álgido en el año 2006 con la denominada “crisis de los
cayucos” (Kohnert, 2007; López Sala, 2007).
A pesar de que la afl uencia de inmigrantes de origen
subsahariano representa una parte minoritaria de la población
extranjera que se encuentra en situación irregular en
nuestro país, la intensifi cación de estos fl ujos ha reorientado
la política migratoria española actual, desplazándose
por primera vez en su historia reciente las prioridades de
la política exterior hacia los países de África Occidental.
Especialmente razone
IJADA ESTUDIOS MONOGRÁFICOS
cooperación al desarrollo y migratorias “avalan esta nueva
mirada que España tiende hacia un continente que constituye
la frontera sur de nuestro país y, por consiguiente,
también de Europa” (Moratinos, 2006).
Este giro de la acción exterior española hacia los países de
África Occidental se contempla expresamente en el Plan
de Acción para África Subsahariana, aprobado por el Gobierno
español en el año 2006 y más comúnmente denominado
Plan África.1
El Plan África marca un antes y un después en la reorientación
de la política migratoria española con los
países de África Subsahariana. Con el objetivo de dar
una respuesta adecuada a la gestión de los flujos migratorios
provenientes de África, el Estado español parte
de la necesidad de adoptar un enfoque global e integral
del fenómeno migratorio, según el cual la lucha contra
la inmigración ilegal debe ir acompañada de un impulso
de la contratación legal de trabajadores a través de la
facilitación de los mecanismos de contratación en origen,
de la aplicación de políticas activas de integración y
del fomento de acciones de cooperación al desarrollo.
Este tratamiento del fenómeno migratorio se manifiesta
fundamentalmente en las líneas de actuación desarrolladas
en el plano bilateral internacional y se concretan
en el contenido de los Acuerdos marco de cooperación
inmigratoria o de “nueva generación” concluidos con
Gambia (BOE núm, 310, de 28 de diciembre de 2006)
y Guinea el 9 de octubre de 2006 (BOE núm. 26, de 30
de enero de 2007 y corrección de erratas, BOE núm. 80, de
3 de abril de 2007), con Cabo Verde el 20 de marzo de 2007
(BOE núm. 39, de 14 de febrero de 2008), con Malí el
23 de enero de 2007 (BOE núm. 35, de 4 de junio de
2008) y con Níger el 10 de mayo de 2008 (BOE núm.
160, de 3 de julio de 2008), objetos de análisis del presente
estudio.
2. LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL COMO MECANISMO
DE ORDENACIÓN DE LOS FLUJOS MIGRATORIOS
El establecimiento de mecanismos de cooperación internacional
para la ordenación de fl ujos migratorios no es una
cuestión novedosa, pero, desde un primer momento,
...