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INTEPRETACION


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2013  •  313 Palabras (2 Páginas)  •  228 Visitas

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D.S 003-2013-VIVIENDA

SUMILLA: Aprueban reglamento para la gestión y manejo de los residuos de las actividades de la construcción y demolición

Fecha: 08-02-2013

El reglamento regula la gestión y manejo de los residuos sólidos generados por las actividades y procesos de construcción y demolición, a fin de minimizar posibles impactos al ambiente, prevenir riesgos ambientales, proteger la salud y el bienestar de la persona humana y contribuir al desarrollo sostenible el país

El presente reglamento es de aplicación a las actividades o procesos relativos a la gestión y manejo de residuos de la construcción y demolición, siendo de cumplimiento obligatorio para toda persona natural o jurídica, pública o privada, dentro del territorio nacional; se exceptúan las pequeñas ciudades y centros poblados menores.

Vivienda es competente para normar, evaluar, supervisar, fiscalizar y sancionar la gestión y el manejo de los residuos sólidos de construcción y demolición, sin perjuicio de las competencias y funciones ejercidas por otras instituciones

El manejo de los residuos tiene un responsable titular; correspondiendo esta condición al generador, la EPS-RS o la EC-RS, según cada caso. El titular es responsable por el manejo seguro, sanitario y ambientalmente adecuado de los residuos así como de cualquier daño que pudiera producirse por incumplimiento del reglamento.

Asimismo, para efectos de la aplicación de sanciones, la autoridad competente deberá tener en cuenta si el infractor por la acción u omisión al presente reglamento tuvo conocimiento de la gravedad de los hechos y su condición de reincidente, si fuera el caso, así como también la evaluación de posibles daños y perjuicios a terceros o los bienes públicos o privados.

Por último, con el objetivo de promover el adecuado manejo de los residuos y en aplicación del reglamento y sin perjuicio de las facultades establecidas por la ley orgánica de municipalidades, los gobiernos locales deberán establecer los incentivos que consideren necesarios, para las personas naturales y jurídicas que cumplan con lo establecido en la norma.

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