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La capitis deminutio (disminución de la capacidad)


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2021  •  Apuntes  •  309 Palabras (2 Páginas)  •  115 Visitas

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La capitis deminutio
(disminución de la capacidad)

Fue un fenómeno propiamente del derecho romano que consistía en un cambio en los estados de libertad, de ciudadanía o en lo relativo con el estado de familia.

Existían tres clases de capitis deminutio

  1. Máxima: el ciudadano perdía completa la personalidad civil, cuando dejaba de ser persona libre y pasaba a ser esclavo
  2. Media: Cuando se perdía la ciudadanía romana sin perder la libertad y se daba por ciertas condenas, como la interdicción del agua y el fuego, el destierro y también cuando el ciudadano abandonaba voluntariamente su ciudadanía para irse para otro estado
  3. Mínima: se daba cuando ocurría un cambio de familia en los siguientes casos:
  • Adrogación (persona sui iuris se hacía alieni iuris)
  • Emancipación (persona alieni iuris se hacía sui iuris)
  • Cuando el hijo ha sido dado en Adopción a otro paterfamilia

De las personas jurídicas

Esencia Jurídica

La personalidad jurídica en el derecho romano se concentraba en ciertas entidades públicas y privadas como el estado, los municipios, las corporaciones etc. Eran manejadas por seres humanos y eran vistos de forma distinta a las otras personas del común que si tenían una existencia real, tenían presupuesto propio para realizar sus actividades.

Se utilizaba el termino universitas para la designación de las personas morales y algunos tratadistas lo agrupan en universitas personarum y rerum

Universitas personarum:

Un grupo de individuos con personalidad jurídica propia, asociaciones, corporaciones para un fin licito

Universitas rerum:

Fundaciones con capacidad para recibir por testamento, cobrar créditos, entablar acciones judiciales, realizar permutas, etc.

2. SU RECONOCIMIENTO.

Inicialmente era voluntario el surgimiento de esas personas jurídicas, pero luego se consideró como peligroso tener esa libertad ilimitada y se estableció que solo una ley, un senadoconsulto, o una constitución imperial, podían conferir personería jurídica a la respectiva entidad.

Los esclavos no eran vistos como personas, sino como herramientas y ayudaban con las actividades enmarcadas por los atributos civiles que tenían las personas morales

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