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Los efectos del emplazamiento


Enviado por   •  24 de Febrero de 2014  •  Informes  •  368 Palabras (2 Páginas)  •  433 Visitas

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La palabra emplazar en una de las acepciones significa dar un plazo que el juez le impone al demandado para que apersone el juicio, Es el acto procesal, ejecutado por el notificador (o actuario), en virtud del cual el juzgador hace del conocimiento del demandado la existencia de una demanda en su contra y del auto que la admitió, y le concede un plazo para que la conteste. Por medio de la cual se hace saber al demandado que se ha presentado una demanda en su contra y que esta ha sido admitida por el juez. Un emplazamiento, en sentido estricto, el cual otorga al demandado un plazo para que conteste la demanda.

El emplazamiento del demandado constituye una de las formalidades esenciales del procedimiento, a que alude el 14 constitucional, el cual establece la garantía de audiencia.

El emplazamiento debe de realizarse personalmente como primera forma en su domicilio real y no convencional. Por el secretario actuario del juzgado

la finalidad del emplazamiento consiste en que la parte demandada tenga conocimiento real y efectivo de la demanda que se endereza en su contra, para que pueda ejercer su derecho de defensa.

Los efectos del emplazamiento.

1. prevenir el juicio a favor del juez que lo hace. Se conecta con la determinación de la competencia, cuando haya varios jueces que tengan competencia en relación con un mismo asunto: entonces es competente el que primero haya realizado el emplazamiento. Este efecto también se relaciona con la acumulación de expedientes por conexidad, ya que en este caso el expediente al cual se acumula el otro es el que corresponde al juzgador que primeramente previno.

2. sujetar al demandado a seguir el juicio ante el juez que lo emplazó siendo competente al tiempo de la notificación, aunque después deje de serlo en relación con el demandado porque éste cambie de domicilio o por algún otro motivo legal

3. imponer la carga de contestar la demanda al demandado ate el juez que lo emplazó, dejando a salvo el derecho de promover la incompetencia.

4. producir todas las consecuencias de interpelación judicial si por otros medios no se hubiera constituido ya en mora el obligado.

5. originar el interés legal en las obligaciones pecuniarias sin causa de réditos

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