ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

NORALBA DEL CARMEN


Enviado por   •  28 de Agosto de 2013  •  403 Palabras (2 Páginas)  •  205 Visitas

Página 1 de 2

TRABAJO INDIVIDUAL

SOBRE CESION DE DERECHOS

PREGUNTAS Y RESPUESTAS

1.) QUE ES CESION DE DERECHOS

Rta: Es el acto de transferencia de una Cosa ò un Derecho, y por lo mismo habrá una cesiòn siempre que una persona trasmite a otra un derecho de cualquier índole; sea real, personal ò de otro tipo.

Segùn el Art.1672 CC; reza que es el abandono voluntario que el deudor hace de todos los suyos a su acreedor ò acreedores, cuando a consecuencia de accidentes inevitables no se halla en estado de poder pagar sus deudas.

2.) COMO OPERA?

Rta: Segùn el art.1959 al 1964 CC, La cesión opera de un crédito a cualquier titulo que se haga, no tendrá efecto entre el Cedente y el Cesionario, sino en virtud de la entrega del titulo. Pero si el crédito que se cede no consta en documento ( o sea escrito), la cesión puede hacerse otorgándose una por el cedente al cesionario, y en este caso la notificación de que trata el art.1961, debe hacerse con exhibición de dicho documento. Según el Art.1960 la cesión no produce efecto contra el deudor ni contra terceros, mientras no ha sido notificada por el cesionario al deudor ò aceptada por èste. El art. 1961, como mencioné anteriormente la notificación debe hacerse, con exhibición del título que llevará anotado el traspaso del derecho con la designación del cesionario y bajo la firma del cedente. La aceptación consistirá en un hecho que la suponga, como la litis contestación con el cesionario, un principio de pago al cesionario. No interviniendo la notificación ò aceptación sobre dichas podía el deudor pagar al cedente, ò embargarse el crédito por acreedores, del cedente; y en general, se considerará existir el crédito en manos del cedente respecto del deudor y terceros.

La Cesión de un crédito comprende sus fianzas, privilegios e hipotecas; pero no traspasa las excepciones personales del cedente. Toda cesión produce efecto para las partes y para los terceros. Por lo tanto Puedo concluir , la consecuencia del Contrato de Cesión, es el cambio en la pertenencia Jurídica del Crédito; éste se separa asì del patrimonio del actual acreedor y se trasmite al nuevo. En adelante el Deudor no está obligado a cumplir la prestación a favor del anterior acreedor. Con el crédito se trasmiten al mismo tiempo al nuevo acreedor los derechos de garantía que pueda haber establecidos a favor del crédito, como hipotecas, derechos de prenda ó de fianza.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.4 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com