NORMAS UPEL
yuleisyzavarce7 de Septiembre de 2013
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder Popular para la Educación
Sección: DIII01
Normas de Manual de Procedimientos del Fondo de Caja.
(Finanzas)
Profesora: Integrantes:
Introducción
Entre los elementos más eficaces en la toma de decisiones del Sector Público y ámbito administrativo, destacan los manuales de organización y procedimientos, instrumentos que facilitan también el aprendizaje del personal, proporcionando la orientación que se requiere en las unidades administrativas, con el propósito de mejorar, orientar y conducir los esfuerzos del personal, para lograr la realización de las tareas que se les han asignado, auxiliándoles también en el cumplimiento de funciones y procesos de una manera clara y sencilla.
Por lo anterior la Secretaria de Administración y Finanzas a través de la Coordinación de Normatividad y Desarrollo Administrativo, pone a disposición de los Servidores Público del Poder Legislativo el presente “Manual de Procedimientos de la Dirección Finanzas”.
Objetivo
Establecer las normas, resguardar, custodiar y suministrar los recursos financieros a través del fondo fijo de caja chica y que sea de manera correcta así como efectuar la comprobación y tramitar su reembolso ante la oficina de la Secretaria de Administración y Finanzas, sirviendo a los interesados como guía en la realización de los trámites administrativos al hacer evidente el procedimiento para su gestión, bajo criterios de coherencia, firmeza y transparencia en el uso de los recursos.
Alcance del Manual
El Manual de Administración del Fondo Fijo de Caja Chica, es de observancia general para todas las unidades administrativas de la Secretaria de Administración y Finanzas, siendo los titulares los responsables de su debido cumplimiento conforme a lo dispuesto por las normas legales que regula la materia.
Unidad Responsables
La unidad administrativa responsables del presente procedimiento es la Dirección de Finanzas y de la Secretaria de Administración y Finanzas.
Revisión de las Normas y de los Procedimientos
El procedimiento deberá revisarse cada menos una vez al año o antes si hubiere modificaciones en la normativa que rige la materia o en el sistema administrativo.
Normas Generales
• El (la) funcionario (a) responsables de cada unidad administradora que tenga a su cargo el manejo de un fondo en anticipo podrá autorizar el funcionamiento de uno o más Fondos de Caja.
• Los Fondos de Caja tendrá una asignación máxima de hasta DOSCIENTA UNIDADES TRIBUTARIAS (200U.T.) y su reposición deberá ser tramitada por el funcionario responsable de su manejo, una vez se haya utilizado, al menos el 75% del monto autorizado.
• El Fondo de Caja solo podrá utilizarse para la adquisición y cancelación de bienes y servicios, indispensables para garantizar el funcionamiento de las unidades administrativas de la Dirección de Finanzas, que en razón de su inmediatez deban realizarse y no justifiquen la elaboración de una Orden de compra o de Servicio.
• No podrá cancelarse con cargo a los fondos de Caja, ninguno de los conceptos de viáticos, por cuanto los mismo deben regirse por lo establecido en el Manual de Normas y Procedimiento de Viáticos y Pasajes aprobado por el Ministerio del Poder Popular para el Deporte.
• El Fondo de caja no podrá utilizarse para gastos fraccionados de compras y/o servicios mayores, que excedan los límites establecidos en as presentes normas.
• El cierre y finiquito del Fondo de Caja deberán
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