PLIEGO DE POSICIONES VIRGINIA CORTES
audirac55Trabajo24 de Agosto de 2015
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PLIEGO DE POSICIONES AL TENOR DEL CUAL DEBERA DESAHOGARSE LA CONFESIONAL A CARGO DE LA DEMANDADA VIRGINIA CORTES LECUONA, EN EL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, PROMOVIDO POR BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, QUE SE TRAMITA ANTE EL JUZGADO SEXAGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL, EXPEDIENTE 1417/2008, SECRETARIA " A ".
Después de sus generales la absolvente deberá ser protestada para que se conduzca con verdad en la diligencia en la que va ha intervenir, haciéndole saber de las penas que le son aplicables a aquellas personas que se conducen con falsedad ante autoridades judiciales.
Dirá el absolvente, si es cierto como lo es:
P O S I C I O N E S
1.- Que Usted solicitó a Banco Nacional de México, Sociedad Nacional de Crédito, la apertura de un crédito con garantía hipotecaria.
2.- Que Usted convino con su articulante en obligarse en los términos y definiciones de la escritura que contiene el Contrato de Apertura de Crédito con Garantía Hipotecaria, exhibido como documento base de la acción.
3.- Que su articulante le explicó ampliamente el esquema financiero al amparo del cual se celebro el Contrato de Apertura de Crédito con Garantía Hipotecaria.
4.- Que habiendo Usted analizado y comprendido las consecuencias del esquema financiero, solicitó a su articulante el otorgamiento de un crédito con garantía hipotecaria.
5.- Que Usted tuvo conocimiento que el otorgamiento del crédito solicitado se formalizaría por medio de un contrato de apertura de crédito ante Notario.
6.- Que una vez que Usted comprendió el esquema financiero decidió formalizar con su articulante el contrato de apertura de crédito con garantía hipotecaria solicitado.
7.- Que con fecha 15 de Agosto de 1990, el absolvente celebró con Banco Nacional de México, S.A., un Contrato de Apertura de Crédito con Garantía Hipotecaria.
8.- Que mi representada le otorgo un crédito por la cantidad actual de --------------------------------------------------------------------------$69,600.000.00 (SESENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), actualmente $69,600.000.00 (SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.).
9.- Que Usted estuvo de acuerdo que en el importe del crédito a que se refiere la posición anterior no quedaron comprendidos los intereses, comisiones y gastos causados en virtud de la celebración del contrato de apertura de crédito.
10.- Que a efecto de formalizar el crédito otorgado, el absolvente celebró con el BANCO, un Contrato de Apertura de Crédito con Garantía Hipotecaria, que se hizo constar en Escritura Pública Número 107,081 de fecha 15 de agosto de 1990, ante el Notario Público número 68 del Distrito Federal, Licenciado ALEJANDRO SOBERON ALONSO.
11.- Que la absolvente a la firma del contrato de apertura de crédito otorgó expresamente su consentimiento para obligarse en los términos del Contrato.
12.- Que la absolvente dispuso totalmente del crédito otorgado al momento de firmar la escritura a que se refiere la posición número 10, otorgando el recibo más eficaz que en derecho corresponda.
13.- Que la absolvente celebró con el Banco, un PRIMER Convenio Modificatorio del Contrato de Apertura de Crédito con Garantía Hipotecaria, para prorrogar su duración y cambiar el mecanismo de cálculo y la tasa de interés, mismo que quedo protocolizado en escritura pública número 36,567 de fecha 15 de noviembre de 1993.
14.- Que la absolvente celebró con el Banco, un SEGUNDO Convenio Modificatorio del Contrato de Apertura de Crédito con Garantía Hipotecaria, para prorrogar su duración y cambiar el mecanismo de cálculo y la tasa de interés, mismo que quedo protocolizado en escritura pública número 16,602 de fecha 11 de marzo de 1996.
15.- Que la absolvente celebró con el Banco, un TERCER Convenio Modificatorio del Contrato de Apertura de Crédito con Garantía Hipotecaria, para prorrogar su duración y cambiar el mecanismo de cálculo y la tasa de interés, mismo que quedo protocolizado en escritura pública número 95,185 de fecha 28 de octubre de 1996.
16.- Que la absolvente mediante el TERCER Convenio Modificatorio a que se refiere la posición número 15, reconoció adeudar al Banco actor la cantidad de-----------------------------------------------------$308,161.43 (TRESCIENTOS OCHO MIL CIENTO SESENTA Y UN ----------------------PESOS 43/100 M.N.).
17.- Que la absolvente a la firma del TERCER convenio modificatorio a que se refiere la posición número 15, estuvo de acuerdo en que la UDI es una unidad de cuenta, en la que se denominarían las obligaciones contraídas.
18.- Que la absolvente solicito a el Banco, que el saldo reestructurado que reconoce adeudar a el Banco en el TERCER convenio modificatorio, se denomine en UDIS.
19.- Que la absolvente a la firma del TERCER convenio modificatorio conviene en modificar el contrato original, y reconoce como saldo reestructurado en Unidades de Inversión la cantidad de ----------186,114.45 UDIS (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL, CIENTO -------------------------------CATORCE PUNTO CUARENTA Y CINCO UNIDADES DE INVERSION).
20.- Que la absolvente una vez que analizó y comprendió las consecuencias del esquema financiero UDIS, solicito al Banco la modificación de los plazos pactados en el contrato original.
21.- Que la absolvente una vez que analizo y comprendió las consecuencias del esquema financiero UDIS, solicito al Banco cambiar la tasa y el procedimiento para calcular los intereses ordinarios y moratorios.
22.- Que la absolvente una vez que analizo y comprendió las consecuencias del esquema financiero UDIS, solicito al Banco la modificación de la forma de hacer pagos mensuales.
23.- Que la absolvente estuvo de acuerdo que el plazo de prórroga para el pago del saldo reestructurado sería de 30 años, contados a partir de la firma del TERCER convenio modificatorio.
24.- Que la absolvente estuvo de acuerdo en que el Banco podría dar por vencido anticipadamente el plazo para el pago del saldo reestructurado, sin necesidad de declaración judicial previa por diversas causas, entre ellas que dejara de cubrir puntualmente cualquier obligación a su cargo derivada del Contrato modificado y/o del TERCER convenio modificatorio.
25.- Que la absolvente se abstuvo de cumplir con sus obligaciones de pago derivadas del TERCER convenio modificatorio del contrato de apertura de crédito con garantía hipotecaria, desde el mes de marzo del año 2007.
26.- Que la absolvente facultó a el BANCO, para que éste tomara a su nombre un seguro de vida e incapacidad total y permanente por una suma que no será menor al saldo insoluto del adeudo.
27.- Que la absolvente facultó a el BANCO, para que éste tomara a su nombre un seguro contra daños que pueda sufrir el inmueble hipotecado, seguro que estará vigente durante todo el tiempo en que permanezca insoluto el adeudo.
28.- Que la absolvente facultó a el BANCO, a pagar por su cuenta las primas de los seguros contratados.
29.- Que la absolvente se obligó a reembolsar el importe de las primas de los seguros en las mismas fechas de pago y junto con las erogaciones mensuales pactadas en el TERCER convenio modificatorio.
30.- Que la absolvente convino con el BANCO, que era suficiente que la Institución diera aviso a la Compañía Aseguradora de que el presente contrato se formalizó, para que la respectiva Compañía Aseguradora quedará obligada frente al Banco y Usted con motivo de los citados contratados.
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