ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

PROTECCION CIVIL


Enviado por   •  4 de Mayo de 2014  •  Informes  •  496 Palabras (2 Páginas)  •  172 Visitas

Página 1 de 2

BASES LEGALES VINCULADA A LA PROTECCION CIVIL Y ADMINISTRACION DE DESASTRE

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (Según Gaceta Oficial, Nro. 36.860, del 30/12/1999.

Artículo 332.

El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden público, proteger al ciudadano o ciudadana, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y derechos constitucionales, de conformidad con la ley, organizará:

-Un cuerpo uniformado de policía nacional.

-Un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas.

-Un cuerpo de bomberos y bomberas y administración de emergencias de carácter civil.

-Una organización de protección civil y administración de desastres.

-Los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetarán la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna.

-La función de los órganos de seguridad ciudadana constituye una competencia concurrente con los Estados y Municipios en los términos establecidos en esta Constitución y la ley.

Artículo 55.

Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenazas, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.

La participación de los ciudadanos y ciudadanas en los programas destinados a la prevención, seguridad ciudadana y administración de emergencias será regulada por una ley especial.

Los cuerpos de seguridad del Estado respetarán la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. El uso de armas o sustancias tóxicas por parte del funcionario policial y de seguridad estará limitado por principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad, conforme a la ley.

Artículo 134.

Toda persona de conformidad con la ley, tiene el deber de prestar los servicios civil o militar necesarios para la defensa, preservación y desarrollo del país, o para hacer frente a situaciones de calamidad pública. Nadie puede ser sometido a reclutamiento forzoso.

Toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electorales que se les asignen de conformidad con la ley.

Artículo 338.

Podrá decretarse el estado de alarma cuando se produzcan catástrofes, calamidades públicas u otros acontecimientos similares que

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.4 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com