Pasos Para Cerrar Una Empresa
andrea201514 de Agosto de 2013
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¿QUé PASOS SE DEBEN SEGUIR PARA CERRAR UNA EMPRESA?
Todo comerciante, al momento de cerrar su empresa, debe tener en cuenta que no puede
dejar compromisos y obligaciones pendientes ni con acreedores, proveedores, Estado,
clientes, empleados, bancos, entre otros. El ejercicio de la actividad económica implica
responsabilidad, seriedad y compromiso. Por eso en el marco de una libre iniciativa económica y una libre empresa no se puede defraudar a ningún grupo de interés.
Para el cierre de una empresa:
✔ Tenga presente que todas las acreencias laborales (salarios, indemnizaciones, prestaciones
sociales, vacaciones, aportes a la seguridad social, aportes parafiscales) estén satisfechas.
✔ Obtenga los paz y salvos o realice acuerdos de pago con sus proveedores por mercancías, equipos, asesorías, servicios u otros conceptos relacionados con la empresa.
✔ Acérquese a los establecimientos de crédito y obtenga los paz y salvos o realice acuerdos de pago de los saldos a deber en sus obligaciones crediticias.
✔ Busque orientación e información con personas idóneas en cómo liquidar definitivamente las
empresas sin dejar asuntos legales y comerciales sin resolver. En el día de mañana la falta
de diligencia puede comprometer seriamente su patrimonio individual y el de su familia.
Para el trámite legal de cierre siga estos pasos:
Las personas naturales
✔ Deben estar al día con la renovación en Cámara de Comercio, con los impuestos de
Industria y Comercio y no tener ninguna obligación pendiente con la DIAN.
✔ Solicitar en la Cámara de Comercio el formato de cancelación de matrícula y entregarlo
personalmente en las taquillas o debidamente autenticado. Después llevar el certificado
especial que la Cámara de Comercio le entrega de su cancelación de matrícula a Industria
y Comercio y a la DIAN, para que allí inactiven su RUT y cesen sus obligaciones fiscales.83
Cierre de una empresa
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El empresario, en la medida de lo posible, debe contar con la asesoría especializada de un abogado para que sus
trámites de disolución y liquidación queden bien realizados.
Las personas jurídicas
✔ Deben estar al día con la renovación en Cámara de Comercio, con los impuestos de
Industria y Comercio y no tener ninguna obligación pendiente con la DIAN.
✔ Elaborar acta de disolución. Si al constituir la empresa lo hizo por escritura pública, debe
llevar el acta de disolución ante notario, para reducirla a escritura pública. Registrar el
acta o escritura de disolución ante la cámara de comercio correspondiente al municipio
del domicilio de la empresa.
Disolución: acto jurídico que abre proceso de liquidación por las causales previstas en la
ley o en los estatutos. Ante esta situación, la sociedad mantiene su personalidad jurídica
pero no podrá continuar explotando el objeto para el que fue constituida, porque solamente subsistirá para efectos de su liquidación.
✔ Elaborar acta de liquidación y presentarla para registro ante la cámara de comercio
correspondiente al municipio del domicilio de la empresa.
Liquidación: acto jurídico que está constituido por todas las operaciones posteriores a la
disolución, que son necesarias y precisas para dar fin a los negocios pendientes, pagar el
pasivo, cobrar los créditos y reducir a dinero todos los bienes de la sociedad, para repartirlo entre los socios
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✔ Posteriormente llevar el certificado que la cámara de comercio le entrega de su cancelación de matrícula, a Industria y Comercio y a la DIAN para que allí inactiven su registro
e inscripción
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