Prevencion
eteban182Monografía17 de Agosto de 2015
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Decreto supremo 594
Control semana numero 5
Marco Antonio León Godoy
Legislación de prevención
Instituto IACC
13/09/2013
Introducción
Las normas del decreto supremo 594 establecen las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deben cumplirse en los lugares de trabajo, sin embargo muchas veces es necesario realizar mejoras en las instalaciones pensando en los trabajadores con invalidez, como por ejemplo personas en sillas de ruedas o con uso de muletas, el decreto mencionado con anterioridad no estable las condiciones que se deben cumplir los trabajadores reinsertados después de un accidente y con cierto grado de invalidez, en este control nombraremos algunas de las mejoras que podemos hacer con el fin de facilitarle un poco las condiciones a empleados con invalidez.
Desarrollo
Mejoras en instalaciones sanitarias
Suelo antideslizante en el baño
Diferentes colores, entre el piso, paredes y techo, para personas con problemas de vista.
Lava mano son pedestal para facilitar la aproximación de personas con discapacidad
Espejos adaptados para personas con silla de ruedas con un cierto grado de inclinación hacia adelante.
Instalación de inodoro especial con barras de soporte y abatibles por el lado de acercamiento a una altura de 70 – 72 centímetros y de una longitud entre 80 y 82 centímetros.
El espacio para el acceso lateral del inodoro debe ser entre 95 y 105 centímetros.
Mecanismos y griferías automáticos, a presión o palanca y de fácil uso para facilitar su uso.
Mejoras en vías de circulación y puertas
Anchura mínimo libre de obstáculos unos 90 cms en las vías
Establecer línea de desplazamiento
Emplazar espacios adecuados en los pasillos para permitir cambios de dirección en las sillas de ruedas con un diámetro mínimo 150 cms
En caso de colocar felpudo o alfombras deben estar empotrados al suelo
Pavimento antideslizante, compacto y sin resaltos
No debe obstaculizarse las vías de acceso y de transito por ningún objeto
En caso de las puertas automáticas, deben disponer de sistema de detección, el tiempo de apertura y cierre debe permitir el acceso y salida cómodamente para personas con discapacidad.
Puertas
En caso de puertas no automáticas, si han de permanecer cerradas deben poseer de un sistema de retorno de cierre automático de lenta operatividad
Sin han de permanecer abiertas deben tener un mecanismo de fijación que las mantengan totalmente abiertas y pegadas a la pared
No deben instalarse puertas giratorias o de tipo vaivén
No deben existir peldaños en el umbral
Rampas
Anchura Cruces ocasionales: mínimo 120 centímetros
Anchura en cruces habituales: mínimo 150 centímetros
Anchura en cruces continuos: mínimo 180 centímetros
Longitud de rampas
Entre 6 – 9 metros deben tener una pendiente de 6% como máximo
Entre 3 – 6 metros deben tener una pendiente máxima de 8%
Menos de 3 metros pendiente máxima de un 10%
Pasamanos
Doble pasamanos entre 70 – 75 cms 90 – 95 cms rematado hacia las paredes a ambos lados en rampas con pendientes mayores de un 6%
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