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Resumen De Ley 237333


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2013  •  658 Palabras (3 Páginas)  •  510 Visitas

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DE LOS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS

CAPITULO VII

DE LOS GRADUANDOS

CAPITULO VIII

DE LA INVESTIGACIÓN

ARTICULO 67: Las universidades cooperan con el estado realizando, por iniciativa propia o por encargo de este, de acuerdo con sus posibilidades , estudios, proyectos o investigaciones que contribuyan a atender los problemas de la región o del país.

CAPITULO IX

DE LA EXTENSION Y PROYECCION UNIVERSITARIA

ARTICULO 69: Cada universidad, con la finalidad que requiere de formar previamente a sus alumnos, puede crear un centro o centros preuniversitarios, su organización y funcionamiento es determinada por el estatuto y reglamento de la respectiva universidad.

CAPIITULO X

DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE LOS SERVICIOS

CAPITULO XI

DEL BIENESTAR UNIVERSITARIO

CAPITULO XII

DEL RÉGIMEN ECONÓMICO

ARTÍCULO 76: La comunidad nacional sostiene económicamente a las universidades. Ellas corresponden a ese esfuerzo con la calidad de sus servicios. Todas las universidades tiene derecho a la contribución pública de acuerdo con sus méritos y necesidades y es responsabilidad del estado proporcionársela.

ARTÍCULO 77: Son recursos económicos de las universidades:

a) Las asignaciones provenientes del tesoro público.

b) Los ingresos por concepto de leyes especiales.

c) Los ingresos propios.

ARTÍCULO 78: La enseñanza en las universidades públicas es gratuita, en las universidades privadas el pago de pensiones se hará por el sistema de escalas o reemplazado por otras formas de ayuda o promoción social. Cuando las universidades reciban subsidios del estado serán destinadas a becas o préstamos para los estudiantes.

ARTÍCULO 79: Las universidades pueden establecer, órganos y actividades dedicados a la producción de bienes económicos y a la prestación de bienes y servicios, siempre que sean compatibles con su finalidad. La utilidad resultante es recurso propio de cada universidad.

ARTÍCULO 80: Créase el fondo de ayuda del profesional a las universidades, constituido con la contribución anual obligatoria de sus respectivos graduados. El poder ejecutivo aprueba el reglamento de este fondo cuyo proyecto formula la Asamblea Nacional de Rectores.

ARTÍCULO 81: Créase el Fondo de Desarrollo y Promoción Universitaria en cada universidad

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