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Semana Corrida


Enviado por   •  8 de Octubre de 2013  •  374 Palabras (2 Páginas)  •  257 Visitas

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SEMANA CORRIDA

¿En qué consiste la semana corrida?

Es el pago por los días domingos, festivos, y por los días de descanso compensatorio a que tienen derecho los trabajadores(as) remunerados exclusivamente por día y aquellos afectos a un sistema de remuneración mixto.

¿Quiénes tienen derecho al pago de la semana corrida?

• Los trabajadores(as) remunerados por día, o sea, aquellos cuya remuneración es variable y se devenga día a día en función de su trabajo diario; por ejemplo, los remunerados por hora, a trato, por unidad de piezas, medidas o comisiones.

• Los trabajadores(as) con remuneración mixta, esto es, que tengan un sueldo base mensual, el que debe ser equivalente al ingreso mínimo, más remuneraciones variables (trato, comisiones, etc.).

¿Quiénes NO tienen derecho al pago de la semana corrida?

NO tienen derecho al pago de la semana corrida los trabajadores(as) que:

• Tienen una remuneración exclusivamente en base a un sueldo fijo mensual.

• Tengan una remuneración mixta, cuya parte variable corresponda a un porcentaje de venta total mensual que se reparte entre los trabajadores(as) (“sistema de pozo”).

• Tienen una jornada ordinaria de trabajo distribuida en menos de cinco días.

¿Qué requisitos debe cumplir la remuneración para ser incorporada en el cálculo de pago de la semana corrida?

El pago de semana corrida se calcula sobre el monto variable de la remuneración y debe cumplir con los siguientes requisitos:

• Que tenga el carácter de remuneración, por lo que no se considera la asignación de movilización o locomoción, asignación de pérdida de caja, viáticos, asignaciones familiares; en general, las devoluciones de gastos.

• Que la remuneración se devengue diariamente por el trabajador(a), esto es, que se incorpore día a día al patrimonio del trabajador(a) en función del trabajo diario, sin perjuicio que su pago sea mensual. No se incluyen aquellas que corresponden a rendimientos colectivos.

• Que la remuneración sea principal y ordinaria, o sea, que subsista por sí misma, independiente de toda otra forma de remuneración. No se incluirían aquellos que son excepcionales e infrecuentes; por ejemplo, los aguinaldos.

¿Cómo se calcula la semana corrida?

Se suma el monto de lo ganado en la respectiva semana (la remuneración variable) y luego se divide por el número de días que legalmente debió trabajar en la semana. El resultado de dicha operación será el monto que se deberá pagar por cada domingo y festivo

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