Sucursales Y Agencias
marco83053127 de Septiembre de 2012
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UNIDAD I
1. Definición de Sucursales y Agencias.
Sucursal: Es un establecimiento comercial creado por una sociedad dentro o fuera de su ciudad de domicilio para llevar a cabo su objeto social y cuyo administrador tiene las facultades para representarla legalmente.
Agencia: Las agencias sedes independientes que se encargan de llevar a cabo la actividad económica de un ente económico. Actúan en nombre y por cuenta de un tercero, de manera independiente. Tiene su propio capital y responde a sus derechos y obligaciones en forma también independiente.
2. Definición de Oficina Principal.
Oficina Principal: Es la sede principal de un ente económico donde se lleva a cabo la administración del mismo, o funciona su planta principal.
Compañía controladora:
Empresa o sociedad que posee o tiene control sobre otra u otras compañías; puede ser una compañía tenedora (o controladora) de acciones, o una compañía principal (o matriz); posee más del 50% del capital de las acciones emitidas.
Compañía subsidiaria:
Es una empresa controlada directa o indirectamente por otra, y cuya condición normal para que exista dicho control, es la propiedad de una mayoría (más del 50%) de las acciones. El poder para controlar también puede existir a través de un interés no mayoritario, como por ejemplo un contrato, arrendamiento financiero, acuerdos con otros accionistas.
Compañía tenedora:
Una compañía Tenedora es aquella que posee inversiones permanentes en acciones en otra empresa. Si una empresa tenedora tiene la mayoría de las acciones de otra, se le considera como Controladora.
Inversiones permanentes
Las inversiones permanentes son fondos invertidos con la finalidad de conservar la inversión en el largo plazo.
La intención del ente es mantener la inversión en sus activos por un plazo que exceda un año.
ACCIONES EN ENTIDADES CONTROLADAS: Se trata de las acciones que una entidad posee de otra, que le otorga los votos necesarios para ejercer su voluntad (aprobar el balance, designar los directores, distribuir los resultados)
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ACCIONES EN SOCIEDADES VINCULADAS: se trata de las acciones que, si bien, no otorgan el control de la entidad emisora, permiten ejercer una influencia significativa o dominante. Las evidencias concretas que permiten demostrar que existe influencia significativa, se manifiesta cuando las entidades vinculadas, se cumple alternativamente con las siguientes condiciones: tener el mismo directorio, ser el único proveedor, o un único cliente.
Compañía Asociada:
Es aquélla de la cual otra empresa es propietaria de no menos del 25% y no más del 50% de las acciones ordinarias.
Compañía Afiliada:
Son aquellas empresas que, sin tener inversiones de importancia entre sí, tienen accionistas comunes que son propietarios del 25% o más de las acciones ordinarias.
Interés Minoritario:
Interés minoritario, es la porción de la utilidad o pérdida neta del ejercicio y del resto del capital contable de las subsidiarias consolidadas, que es atribuible a accionistas ajenos a la compañía controladora.
Otra definición, los intereses minoritarios son aquella parte de los resultados y de los activos netos de una dependiente que no corresponden, bien sea directa o indirectamente a través
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