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Tabajo De Alfabetización Tecnológica


Enviado por   •  20 de Junio de 2014  •  2.981 Palabras (12 Páginas)  •  190 Visitas

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BASES LEGALES DE LAS TECNOLOGIAS DE INFORMACION Y COMUNICACIÓN (“TIC”).

Las tecnologías de la información han sido conceptualizadas como la integración y convergencia de la computación microelectrónica, las telecomunicaciones y la técnica para el procesamiento de datos, sus principales componentes son: el factor humano, los contenidos de la información, el equipamiento, la infraestructura material, el software y los mecanismos de intercambio electrónico de información, los elementos de política, regulaciones y los recursos financieros.

Si analizamos detenidamente estos componentes, nos damos cuenta que son los principales protagonistas del desarrollo informático, en una sociedad tanto para su desarrollo como para su aplicación, las tecnologías de la información constituyen el núcleo central de una transformación multidimensional que experimenta la economía y la sociedad, de aquí lo importante que es el estudio y dominio de las influencias que tal transformación impone al ser humano como ente social, ya que tiende a modificar no solo sus hábitos y patrones de conducta, sino, incluso, su forma de pensar.

Vivimos en una época de profundos cambios socioculturales originados en gran parte por el desarrollo de la tecnología, ella está creciendo tan rápido que se considera elemento indispensable en la educación de todas las personas, incluso se reclama que sea un área de conexión dentro de los currículos escolares.

Existe un porcentaje considerado de la población que desconoce el uso de la tecnología, por lo cual se ha comenzado a utilizar ampliamente el término de alfabetización tecnológica. Se trata de una alfabetización que capacite a todos los ciudadanos y ciudadanas no sólo para comprender el mundo colmado de productos tecnológicos en que vivimos, sino para analizarlo críticamente y tomar decisiones así como para participar en innovaciones que den respuestas a las necesidades y demandas de nuestras sociedades.

Las TIC, se fundamentan legalmente de la siguiente manera: En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por la parte educativa en el Art. 102, en el cual se consagra la educación como un derecho humano y donde el estado asume como un deber el conocimiento científico y tecnológico entre otras cosas, en el Art. 103 se plantea el derecho de toda persona a la educación en igual condiciones y oportunidades.

Por otra parte la constitución desde el punto de vista tecnológico en su Art. 108 y 109 establece que los medios de comunicación social públicos y privados contribuirán con la formación ciudadana y las instituciones educativas deben incorporar los conocimientos y aplicación de las nuevas tecnologías; y el Art. 110 nos dice que el estado reconoce la tecnología y sus aplicaciones como medio para el desarrollo del país en todos sus aspectos y dispondrá de los recursos necesarios para su desarrollo y prevé la participación de los entes privados.

De igual manera LA LEY ORGANICA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y COMUNICACIÓN en su Art. 01 establece a esta ley como el instrumento que orienta en materia de ciencia y tecnología para fomentar la investigación científica y fomentar e impulsar el desarrollo nacional.

En tal sentido el decreto 825 de la presidencia de la republica establece el uso de la INTERNET como política prioritaria para el desarrollo de la nación y el decreto 3390 establece el uso del SOFTWARE libre como uso obligatorio para la administración pública nacional.

Después de todo lo expuesto podemos decir que las TIC. Tienen un sustento legal bastante grande y apropiado para crear una plataforma firme que pueda mantenerse en el tiempo y en relación a la educación no queda a la deriva es englobada dentro de la legalidad de una manera coherente.

Pero el gobierno ha hecho grandes esfuerzos en implantar las TIC. Y a pesar de esto no se ha logrado las metas, por una parte la plataforma del satélite “Simón Bolívar” no ha llegado a todos los rincones del país, eso por la parte tecnológica y por la parte educativa no se ha logrado integrar a los docentes en su totalidad a la alfabetización tecnológica los cuales han presentado una gran resistencia a estas nuevas herramientas por diversas razones y mientras no se logre superar este obstáculo no se podrá avanzar con paso firme y rápido a ese mundo nuevo de la tecnología.

BASAMENTOS JURÍDICO PARA EL USO DE LAS TIC

El sin fin de cambios ocurridos en el mundo, ya sea debido al avance de la tecnología o a la aparición de nuevas necesidades humanas, ha sido tan diverso y tal su magnitud que ha traído como consecuencia cambios que impactan cada día nuestro modo de vida, reflejándose en todos los ámbitos del quehacer del ser humano y es de este modo, como el campo jurídico no ha escapado de ello.

En este sentido, es propicio mencionar, como desde el año 1999 nuestro país ha avanzado en cuanto a la formulación de un marco filosófico y jurídico que privilegia y estimula el uso de las tecnologías de información y comunicación –TIC, en aras de fomentar el desarrollo económico y social del país, permitiendo a las instituciones del Estado impulsar iniciativas dirigidas a alfabetizar tecnológicamente a nuestra población, en primer lugar al establecer un marco legal, con instrumentos jurídicos que facilitan la movilización de grandes cantidades de recursos para la adquisición e instalación de una plataforma tecnológica a nivel nacional, así como la formación y capacitación del ciudadano en el uso y acceso a las TIC. En segundo, lugar se ha forjado un marco filosófico donde se reconoce a la ciencia y tecnología como instrumentos necesarios y fundamentales para formar una ciudadanía capaz de identificar el uso adecuado de las tecnologías como factor de desarrollo humano y social para el bien colectivo tanto en los proceso administrativos como académicos.

Actualmente, en Venezuela contamos con un marco legal conformado por una serie instrumentos jurídicos que favorecen el uso y acceso de las TIC como una herramienta de importancia en el desarrollo económico y social del país, entre ellos podemos comenzar por citar nuestra carta magna, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1999, en su capítulo VI. De los derechos culturales y educativos, se destacan los siguientes artículos:

Art.108.: “...Los centros educativo deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.”

Art.110.: “El estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación...el Estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia tecnología de acuerdo a la

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