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Taller 3 Salud Ocupacional


Enviado por   •  27 de Junio de 2012  •  834 Palabras (4 Páginas)  •  433 Visitas

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TALLER 3 SALUD OCUPACIONAL

SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES

1. Qué es el Sistema General de Riesgos Profesionales

Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

2. Cuáles son las Prestaciones Económicas y Cuales son las Prestaciones Asistenciales a que tiene derecho el trabajador?

* Prestaciones económicas. Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional tendrá derecho al reconocimiento y pago de las siguientes prestaciones económicas:

a. Subsidio por incapacidad temporal;

b. Indemnización por incapacidad permanente parcial;

c. Pensión de Invalidez;

d. Pensión de sobrevivientes; y,

e. Auxilio funerario.

* Prestaciones asistenciales. Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional tendrá derecho, según sea el caso, a:

a. Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.

b. Servicios de hospitalización.

c. Servicio odontológico.

d. Suministro de medicamentos.

e. Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.

f. Prótesis y órtesis, su reparación, y su reposición solo en casos de deterioro o desadaptación, cuando a criterio de rehabilitación se recomiende.

g. Rehabilitaciones física y profesional.

h. Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la prestación de estos servicios.

3. Cómo son distribuidas los aportes por cotización a Riesgos Profesionales?

La cotización para el Sistema General de Riesgos Profesionales se distribuirá de la siguiente manera:

a. El 94% para la cobertura de las contingencias derivadas de los riesgos profesionales, o para atender las prestaciones económicas y de salud previstas para el desarrollo de programas regulares de prevención y control de riesgos profesionales.

b. El 5% administrados en forma autónoma por la entidad administradora de riesgos profesionales, para el desarrollo de programas, campañas y acciones de educación, prevención e investigación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los afiliados, que deben desarrollar, directamente o a través de contrato, las entidades administradoras de riesgos profesionales, y

c. El 1% para el Fondo de Riesgos Profesionales de que trata el artículo 94o. de este decreto.

4. Nombre 5 obligaciones del Empleador y 5 obligaciones de los Trabajadores

* El empleador será responsable de:

a. Del pago de la totalidad de la cotización de los trabajadores a su servicio.

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