Terminación De Contrato De Arrendamiento
brennag9 de Septiembre de 2014
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CONTRATO DE TERMINACIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LETICIA HERNANDEZ SOLIS, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDADOR”, Y POR LA OTRA PARTE, ENGELBERT SANCHEZ ELIJIO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDATARIO CONFORME A LOS ANTECEDENTES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
1. Que con fecha 16 de Noviembre de 2013 las partes suscribieron un Contrato de Arrendamiento para uso exclusivo de casa Habitación, en lo sucesivo con el objeto de dar por terminado el contrato anteriormente citado.
Que ambas partes reconocen mutuamente su personalidad jurídica
2. Que ambas partes ratifican como sus domicilios legales los señalados en “EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO”.
3. En la cláusula “TERCERA” de "EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO" se estableció que su duración sería de un año plazo que comenzó a correr a partir del 23 de noviembre del año 2013.
C L Á U S U L A S
PRIMERA: El objeto del presente instrumento es dar por terminado “EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO” firmado con fecha 16 de Noviembre del año 2013.
SEGUNDA: Que ambas partes están conformes con las acciones y compromisos realizados, hasta el momento de la celebración de "EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO".
TERCERA: “EL ARRENDADOR” le reconoce a “EL ARRENDATARIO” las rentas depositadas del 23 Noviembre del 2013 hasta el 30 Junio del 2014, en virtud que el arrendatario adeuda las siguientes cantidades:
a) Intereses de los meses de enero a abril del 2014 por la cantidad de$ 13,500 (trece mil quinientos pesos 00/100 M.N)
b) El pago por la cantidad de $1000 (mil pesos 00/100 M.N) en el mes de junio del año 2014
c) El pago de las rentas de los meses de Julio y Agosto del año 2014 siendo la cantidad de $ 30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N) más intereses los cuales serán calculados a la firma del presente contrato.
Las cantidades anteriormente mencionadas serán pagadas a la entrega del bien inmueble el cual será el día 31 de agosto del año 2014, fecha en la que se da por terminado “EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO”.
CUARTA: Se deja sin efecto alguno el contrato suscrito entre las partes con fecha 16 de Noviembre del 2013, declarando que estas no tienen nada que reclamarse como consecuencia de la celebración del mismo.
QUINTA: El depósito en garantía derivado del “EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO” el cual se otorgó en dos depósitos el primero con fecha 07 de Noviembre del 2013, el segundo realizado el 07 de Enero del 2014, se usara para el adeudo de los servicios especificados en la cláusula “CUARTA” del contrato que se está dando por terminado en este acto.
SEXTA: “EL ARRENDATARIO” hará entrega a “EL ARRENDADOR” del bien inmueble arrendado el día 31 de agosto del año 2014 con lo cual se da por terminado el contrato de arrendamiento en la fecha anteriormente señalada; a su vez el “EL ARRENDADOR” recibe en total satisfacción el inmueble descrito en la cláusula primera del CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
SEPTIMA: El presente CONTRATO DE TERMINACIÓN empezará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su firma.
OCTAVA: Ambas partes manifiestan que en la celebración de este contrato, no hubo dolo, error, violencia ni mala fe, por la cual pudiera ser invalidado, sino todo lo contrario, reconociendo en todo caso que el contenido de este instrumento, contiene la plena voluntad de las partes.
NOVENA: Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este contrato, ambas partes se someten expresamente a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales del Estado de México renunciando expresamente
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