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10 ESCRITURA PUBLICA DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUBLE


Enviado por   •  1 de Abril de 2020  •  Apuntes  •  10.933 Palabras (44 Páginas)  •  1.194 Visitas

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10 ESCRITURA PUBLICA DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUBLE

NUMERO DIEZ (10) En el municipio de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos, el día tres de septiembre del año dos mil dieciocho, ANTE MI: Daniel Neftalí Ramírez Chicaj, Notario, comparece por una parte el señor: Darwin Matías Carreto García, de veintisiete años, soltero, guatemalteco, estudiante, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación, que contiene el Código Único de Identificación numero: dos mil doscientos ochenta y nueve, sesenta y cinco mil doscientos treinta y tres, dos mil doscientos tres, documento extendido por el Registrador Civil del registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; a quien se le denominará “EL ARRENDANTE” y por la otra parte el señor Pedro López Morales Morales, de cincuenta años, soltero, guatemalteco, agricultor, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación, que contiene el Código Único de Identificación numero: un mil doscientos setenta y nueve, sesenta y cinco mil doscientos treinta, un mil ciento uno, documento extendido por el Registrador Civil del registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, a quien se le denominará “EL ARRENDATARIO”. Hago constar de que los comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y que por el presente instrumento otorgan CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE, de conformidad con las siguientes clausulas: PRIMERA: manifiesta el arrendante que es propietario del bien inmueble inscrito en el segundo registro de la Propiedad de la ciudad de Quetzaltenango, al número cien, del folio cien, del libro cien, del departamento de San Marcos, el cual cuenta con las medidas y colindancias que le aparecen en su respetiva inscripción de dominio, el cual se encuentra situado en la primera calle dos guion veinte de la zona dos de esta ciudad de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos, el cual goza con media paja de agua. SEGUNDA: continúa manifestando el ARRENDANTE, que por el presente instrumento da en arrendamiento el bien inmueble identificado en la cláusula anterior al ARRENDATARIO,  de conformidad con las siguientes estipulaciones: A) PLAZO: el plazo del presente contrato será de doce meses contados a partir del día de hoy tres de septiembre del año dos mil dieciocho por lo tanto el mismo termina el día tres de septiembre del año dos mil diecinueve. B) RENTA: la renta será de TRES MIL QUETZALES MENSUALES, los cuales se pagaran por adelantado y en efectivo sin necesidad de cobro ni requerimiento alguno, los días dieciséis de cada mes. C) LUGAR DE PAGO: el pago de la renta se hará efectiva en la residencia ubicada en la primera calle dos guion treinta de la zona uno de esta ciudad de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos. D) DESTINO: el inmueble será destinado para vivienda del arrendatario y de su familia. E) GARANTIA: para garantizar cualquier pago pendiente por concepto de agua, energía eléctrica o cualquier daño ocasionado al inmueble, el arrendatario entrega al arrendante en este momento y en calidad de garantía la cantidad de CINCO MIL QUETZALES (5,000.00) para cubrir los gastos descritos. Esta cantidad deberá ser entregada al arrendatario al finalizar el presente contrato, después de demostrar su solvencia en todos los pagos. F) PROHIBICIONES: le queda prohibido al arrendatario el uso o tenencia de instrumentos o bienes de cualquier naturaleza que sean prohibidos por la ley y pongan en peligro el inmueble y la integridad física de los ocupantes y vecinos, en todo caso el arrendatario es el responsable directo de los daños y perjuicios que del arrendamiento se ocasionaren al inmueble, al Estado o a terceras personas. Asimismo le queda prohibido subarrendar el bien inmueble objeto de arrendamiento. G) DE LAS MEJORAS: las reparaciones y mejoras de cualquier naturaleza que haga el arrendatario serán por su cuenta y al vencerse el contrato podrán ser retiradas, solo si fuere posible y sin afectar la estructura del inmueble. H) FALTA DE PAGO: el presente contrato se considera vencido por la falta de pago de cualquiera de las mensualidades en la forma, lugar y modo indicados anteriormente, lo cual dará derecho al arrendante a dar por terminado el contrato y a demandar judicialmente su desocupación y cobro de las mensualidades o rentas atrasadas en la forma legal establecida. I) CONDICIONES EN QUE SE ENTREGA EL INMUEBLE AL ARRENDATARIO: el inmueble es recibido por el arrendatario con todos sus ambientes, servicios y accesorios en buen estado. J) OBLIGACIONES: el arrendatario está obligado a devolver el bien inmueble en el mismo estado en que lo recibió, está obligado al pago por servicios de consumo de agua potable y energía eléctrica, durante el tiempo que dure el contrato, le corresponde todos los gastos y honorarios como consecuencia del presente contrato, también le corresponden los gastos de mantenimiento, cuidado y conservación del inmueble mientras dure el contrato; permitir el ingreso del arrendante al inmueble cuando así lo decida este con el objeto de constatar el cumplimiento de las obligaciones descritas. K) RENUNCIA AL FUERO DEL DOMICILIO: indica el arrendatario que renuncia al fuero de su domicilio y se somete a los tribunales que elija el arrendante con motivo de las controversias que surjan del presente contrato. TERCERA: de manera expresa manifiestan los comparecientes que en los términos anteriormente relacionados aceptan el contenido íntegro del presente contrato. Yo el infrascrito notario DOY FE: A) Que todo lo escrito me fue expuesto y de su contenido; B) De haber tenido a la vista los Documentos Personales de Identificación relacionados y la certificación extendida por el segundo registro de la propiedad con el cual el arrendante acredito su derecho de propiedad; C) Que advertí a los otorgantes de los efectos legales del presente contrato. Leo lo escrito a los interesados, quienes enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptan, ratifican y firman, en presencia del notario autorizante quien de todo lo relacionado DOY FE.

OBLIGACIONES  PREVIAS  AL OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE

  1. Identificación de los comparecientes DPI, pasaporte o testigos de conocimiento, articulo 29 numeral 4 del código de notariado.
  2. Acreditación del derecho de propiedad del Arrendante, mediante testimonio o certificación  registral ( artículo 460 y 1794 del código civil)
  3. El negocio ha de ser licito y posible (artículo 1251 del código civil)

 OBLIGACIONES  POSTERIORES  AL OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE.

  1. Razonar el titulo justificativo del bien objeto del contrato (artículo 36 código de notariado)
  2. Remisión del testimonio especial al director del archivo general de protocolos dentro del plazo de 25 días hábiles siguientes a su otorgamiento. Satisfaciendo el valor de timbres fiscales de Q 0.50 por hoja y lo correspondiente al timbre notarial que es el dos por millar
  3. Extender testimonio a la parte interesada, con su duplicado si es su deseo inscribirlo en el registro de la propiedad, ya que no es obligatorio por el tiempo del contrato que es de un año, haciendo constar que el impuesto se gravara al final de cada periodo de renta de conformidad con la ley del IVA------BUSCAR EL ARTICULO. OJO se debe hacer constar la forma en que se pagara el impuesto en el testimonio respectivo.
  4. Cobro de honorarios conforme el arancel. Buscarlo y anotarlo….. 

11  ESCRITURA PUBLICA DE COMPRAVENTA CON PACTO DE RESERVA DE DOMINIO

NUMERO ONCE (11) En el municipio de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos, el día quince de septiembre del año dos mil dieciocho, ANTE MI: Daniel Neftalí Ramírez Chicaj, Notario, comparece por una parte el señor: Darwin Matías Carreto García, de veintisiete años, soltero, guatemalteco, estudiante, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación, que contiene el Código Único de Identificación numero: dos mil doscientos ochenta y nueve, sesenta y cinco mil doscientos treinta y tres, dos mil doscientos tres, documento extendido por el Registrador Civil del registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, quien tiene el número de Identificación Tributaria tres millones setecientos setenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y siete guion cuatro, extendido por la Superintendencia de Administración Tributaria SAT, a quien se le denominará EL VENDEDOR, y por la otra parte el señor Pedro López Morales Morales, de cincuenta años, soltero, guatemalteco, perito contador, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación, que contiene el Código Único de Identificación numero: un mil doscientos setenta y nueve, sesenta y cinco mil doscientos treinta, un mil ciento uno, documento extendido por el Registrador Civil del registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, quien tiene el número de Identificación Tributaria tres millones setecientos setenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y siete guion ocho, extendido por la Superintendencia de Administración Tributaria SAT, a quien se le denominará EL COMPRADOR. Los comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y que por el presente instrumento otorgan CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBEL URBANO A PLAZOS CON PACTO DE RESERVA DE DOMINIO, de conformidad con las siguientes clausulas: PRIMERA: manifiesta el vendedor que es propietario de la finca urbana inscrita en el segundo registro de la propiedad de la ciudad de Quetzaltenango al número mil, folio dos mil del libro seis del departamento de San Marcos, con el área, medidas y colindancias que le aparecen en su respectiva inscripción registral y se encuentra ubicado en cantón el mosquito municipio de San Pedro Sacatepéquez departamento de San Marcos. SEGUNDA: continua manifestando el vendedor que por el precio de treinta mil quetzales (Q30,000.00) le vende al comprador el bien inmueble identificado en la cláusula anterior, dicha cantidad será cancelada en la forma, tiempo y condiciones que a continuación se estipulan: A) PLAZO: el plazo del presente contrato será de seis meses a partir del día de hoy, B) FORMA DE PAGO: el comprador deberá cancelar el valor de la presente compraventa a través de seis pagos mensuales de CINCO MIL QUETZALES, cada uno sin requerimiento de pago y en forma respectiva de forma anticipada los dieciséis de cada mes, comenzando a partir del dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho, C) LUGAR DE PAGO: el pago mensual se hará efectivo en la casa de habitación del vendedor ubicada en la primera calle tres guion cuarenta de la zona uno de este municipio, D) INCUMPLIMIENTO: la falta de cumplimiento por parte del comprador con una de las mensualidades, da derecho al vendedor a rescindir el presente contrato, E) DE LA RESERVA DE DOMINIO: mientras el comprador no pague totalmente la deuda, el vendedor se RESERVA EL DOMINIO del bien inmueble objeto de venta razón por la cual el comprador únicamente obtiene con la venta la posesión y uso del inmueble; mientras que la propiedad del mismo lo obtendrá hasta que cancele totalmente el precio pactado, F) DE LA CARTA DE APGO: cumplida la obligación, el vendedor se compromete a otorgar la carta total de pago correspondiente. TERCERA: por advertencia del infrascrito notario, manifiesta el vendedor que sobre el bien objeto de la presente venta, no pesan gravámenes, anotaciones ni limitaciones que puedan afectar los derechos del comprador, quedando enterado del saneamiento de ley a que deberá sujetarse. CUARTA: manifiesta el comprador que en los términos anteriormente relacionados acepta la venta del bien inmueble urbano que por medio del presente instrumento se le hace.  Yo el infrascrito notario DOY FE: a) Que todo lo escrito me fue expuesto y de su contenido; b) De haber tenido a la vista los Documentos Personales de Identificación de los otorgantes y la certificación extendida por el segundo registro de la propiedad con el cual el vendedor acredito su derecho de propiedad; c) Que advertí a los otorgantes de los efectos legales del presente contrato, la obligación de satisfacer el impuesto correspondiente, así como lo referente a la obligación de operar su primera inscripción y el pacto de reserva de dominio del testimonio de la presente escritura. Leo lo escrito a los interesados, quienes enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptan, ratifican y firman, en presencia del notario autorizante quien de todo lo relacionado DOY FE.

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