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ACCION JURÍDICA.


Enviado por   •  22 de Marzo de 2017  •  Informes  •  378 Palabras (2 Páginas)  •  185 Visitas

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Acción

En el tema jurídico penal, la conducta en tanto elemento objetivo del delito puede manifestarse como acción, omisión o comisión por omisión. Por acción se entenderá aquella actividad realizada por el sujeto activo, mediante diversos movimientos corporales, tendientes a cometer una infracción a la ley y/o a través de diversos instrumentos, como animales o incluso seres humanos, para el logro de su voluntad. En la acción se integran diversos elementos que le dan sentido, sin ellos no se produciría efecto jurídico; aunque sí podría producir efectos materiales, pero penalmente no reprochables. Los elementos que se incluyen en la acción son los siguientes:

Conducta

Como lo hemos visto en sesiones anteriores, el delito requiere para su existencia de una serie de elementos. Entre ellos, podemos distinguir la conducta, que es el primero y más importante. Sin ésta, el delito no puede iniciar su trayectoria de vida, que va desde su concepción en la mente humana, hasta su consumación.

Desde el punto de vista jurídico, encontramos en el Diccionario de Derecho Penal, de Amuchategui (2006), que la conducta “es el núcleo o verbo principal en que reside el actuar humano productor del ilícito penal”. Por su parte, Fernando Castellanos (1997:149) menciona que se trata del “comportamiento humano voluntario, positivo o negativo, encaminado a un propósito”. De acuerdo con estas definiciones, podemos concluir que la conducta es el comportamiento humano voluntario (positivo o negativo), que provoca un resultado (el ilícito penal).

Para explicar la relación de causalidad o nexo causal se han elaborado diversas teorías:

• Teoría de la equivalencia de las condiciones: Según esta tesis generalizadora de Von Buri, también conocida como teoría de la conditio sine qua non, todas las condiciones (conductas) productoras de resultados son equivalentes. Por lo tanto, todas son su causa antes de que cualquiera de las condiciones sea asociada a las demás. Todas son ineficaces para la producción del resultado; éste surge por la suma de ellas. Por lo tanto, cada una es causa de toda la consecuencia y, por ende, con respecto a ésta tienen el mismo valor.

• Teoría de la última condición: También conocida como de la causa próxima o de la causa inmediata, su autor Ortmann sostiene que entre las causas productoras del resultado (conductas), la más relevante es la última, es decir, la más cercana al resultado.

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